Autoridades y personal. Universidades. (2022/187-28)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por acceso libre, de una plaza de Técnico Especialista de Medios Audiovisuales en la Unidad de Cultura Científica, por el sistema de concurso-oposición.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022
página 15129/10
Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea que no
ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar, mediante documento suficiente,
debidamente traducido al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
legal que impida en su Estado el acceso al Empleo Público.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que imposibiliten para el servicio.
e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de discapacitados, deberán
aportar certificado vigente del Órgano competente que acredite tal condición, el grado
de discapacidad, así como la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones
propias de la categoría de la plaza convocada.
8.2. Quienes tengan la condición de empleado público estarán exentos de justificar
documentalmente dicha condición y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior empleo, debiendo, en cambio, presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u Organismo del que dependan, para acreditar su condición de
empleado público.
8.3. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la referida documentación, o del examen de la misma se dedujera que
carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados,
quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que
hubieren incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
10. Tratamiento de datos personales.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 12 y 13 del Reglamento UE 2016/679
(Reglamento General de Protección de Datos), la información básica del tratamiento de
datos personales es la siguiente:
Responsable del tratamiento: Universidad de Córdoba.
Legitimación: Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que
la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de ésta de medidas
precontractuales. Tratamiento Necesario para el cumplimiento de una obligación legal
aplicable a la persona responsable del tratamiento.
Finalidad: Selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante
convocatorias públicas.
Cesiones o Comunicaciones: Al Registro de personal. Dirección General de Función
Pública. Boletín Oficial Correspondiente (BOE, BOJA, BOUCO). Usuarios de la web en la
que se publica el proceso selectivo.
Plazo de conservación: Durante el tiempo que dure el proceso selectivo y el
necesario para determinar las responsabilidades derivadas del mismo. En el supuesto
de que la persona candidata se incorpore a la UCO, durante el tiempo necesario para
el mantenimiento de la relación con la misma. Será de aplicación lo dispuesto en la
normativa de archivos y documentación.
Ejercicio de derechos: La persona interesada puede ejercer los derechos previstos
en la legislación sobre protección de datos a través de la sede electrónica de la UCO. La
dirección de contacto del Delegado de Protección de Datos es dpdatos@uco.es
Se puede ampliar la información en la siguiente dirección:
https://www.uco.es/organizacion/secretariageneral/proteccion-de-datos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268401
9. Formalización de los contratos.
9.1. El órgano competente procederá a la formalización de los contratos, momento
hasta el cual la persona aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
9.2. En el contrato que se suscriba se fijará el periodo de prueba que determine el
Convenio Colectivo y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.
9.3. El contrato una vez formalizado se inscribirá en el Registro Central de Personal.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022
página 15129/10
Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea que no
ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar, mediante documento suficiente,
debidamente traducido al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
legal que impida en su Estado el acceso al Empleo Público.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que imposibiliten para el servicio.
e) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de discapacitados, deberán
aportar certificado vigente del Órgano competente que acredite tal condición, el grado
de discapacidad, así como la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones
propias de la categoría de la plaza convocada.
8.2. Quienes tengan la condición de empleado público estarán exentos de justificar
documentalmente dicha condición y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior empleo, debiendo, en cambio, presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u Organismo del que dependan, para acreditar su condición de
empleado público.
8.3. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no
presentasen la referida documentación, o del examen de la misma se dedujera que
carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados,
quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que
hubieren incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
10. Tratamiento de datos personales.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 12 y 13 del Reglamento UE 2016/679
(Reglamento General de Protección de Datos), la información básica del tratamiento de
datos personales es la siguiente:
Responsable del tratamiento: Universidad de Córdoba.
Legitimación: Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que
la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de ésta de medidas
precontractuales. Tratamiento Necesario para el cumplimiento de una obligación legal
aplicable a la persona responsable del tratamiento.
Finalidad: Selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante
convocatorias públicas.
Cesiones o Comunicaciones: Al Registro de personal. Dirección General de Función
Pública. Boletín Oficial Correspondiente (BOE, BOJA, BOUCO). Usuarios de la web en la
que se publica el proceso selectivo.
Plazo de conservación: Durante el tiempo que dure el proceso selectivo y el
necesario para determinar las responsabilidades derivadas del mismo. En el supuesto
de que la persona candidata se incorpore a la UCO, durante el tiempo necesario para
el mantenimiento de la relación con la misma. Será de aplicación lo dispuesto en la
normativa de archivos y documentación.
Ejercicio de derechos: La persona interesada puede ejercer los derechos previstos
en la legislación sobre protección de datos a través de la sede electrónica de la UCO. La
dirección de contacto del Delegado de Protección de Datos es dpdatos@uco.es
Se puede ampliar la información en la siguiente dirección:
https://www.uco.es/organizacion/secretariageneral/proteccion-de-datos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268401
9. Formalización de los contratos.
9.1. El órgano competente procederá a la formalización de los contratos, momento
hasta el cual la persona aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
9.2. En el contrato que se suscriba se fijará el periodo de prueba que determine el
Convenio Colectivo y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.
9.3. El contrato una vez formalizado se inscribirá en el Registro Central de Personal.