Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/187-1)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones para acciones de asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y fomento de la cultura preventiva para personas trabajadoras autónomas, reguladas en la Orden de 14 febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022

página 15102/6

Los formularios anteriores se podrán obtener en la oficina virtual de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, desde la siguiente dirección electrónica del
Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24755.html
2. Las solicitudes de subvenciones se ajustarán al modelo que figura como Anexo I e
irán dirigidas a la Dirección-Gerencia del IAPRL, conforme a lo dispuesto en el apartado
10.b) del cuadro resumen.
3. Las solicitudes de subvención y, en su caso, demás documentación, se podrán
presentar según lo dispuesto en el apartado 10.c) del cuadro resumen, en el Registro
Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía
https://juntadeandalucia.es/servicios/tramites/presentacion-documentos/peg.html
4. Se considerará como fecha de presentación de la solicitud la de su presentación
en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2, en relación con el artículo 68.4,
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Undécimo. Plazo de presentación de solicitudes.
1. De conformidad con lo establecido en el apartado 11.b) del cuadro resumen, el
plazo de presentación de solicitudes será de veinte días a contar desde el día siguiente
al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la
convocatoria, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten
fuera del plazo establecido.
2. Dado que de conformidad con el apartado 2.c) del cuadro resumen, cada entidad
puede presentar una única solicitud, en el caso de que se presentara más de una, la
última registrada en plazo en cualquiera de las direcciones electrónicas citadas en el
número 3 del apartado décimo, sustituirá a las anteriores a los efectos de tramitación del
procedimiento de concesión de subvenciones.
Duodécimo. Órganos competentes.
Los órganos competentes para la instrucción, evaluación y resolución del
procedimiento de concesión de subvenciones serán los previstos en el apartado 13 del
cuadro resumen.

Decimocuarto. Forma y secuencia de pago.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 24 del cuadro resumen, y con lo
establecido en el Acuerdo de 22 de febrero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que
se excepcionan de lo previsto en el artículo 124.4 del Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, las subvenciones que se concedan
en el marco de las convocatorias correspondientes al ejercicio 2022 reguladas en la
Orden de 14 de febrero de 2022, se establece una secuencia de pago consistente en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00268374

Decimotercero. Notificación de los actos administrativos mediante publicación en la web.
Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas
y, en particular, el requerimiento de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución
del procedimiento, serán publicados íntegramente en el tablón de anuncios de la página
web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/servicios.html
sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo los mismos efectos,
según lo previsto en los artículos 17 y 30 del Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y en relación
con lo dispuesto en el apartado 19 del cuadro resumen.