Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/187-1)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2022 las subvenciones para acciones de asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y fomento de la cultura preventiva para personas trabajadoras autónomas, reguladas en la Orden de 14 febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022
página 15102/5
Séptimo. Créditos presupuestarios.
Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios de la
posición presupuestaria G/31O/48300/00, del programa 31O Prevención de Riesgos
Laborales y Salud Laboral. Se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter
plurianual por las cuantías totales máximas que para cada anualidad se detallan a
continuación:
EJERCICIO
PARTIDA PRESUPUESTARIA
CONCEPTO
CUANTÍA TOTAL MÁXIMA
2022
1031010000 G/31O/48300/00 01 2022
MEJORA CONDICIONES DE TRABAJO
Y PARA FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN,
PREVENCIÓN RR.LL.
112.500 euros
2023
1031010000 G/31O/48300/00 01 2023
MEJORA CONDICIONES DE TRABAJO
Y PARA FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN,
PREVENCIÓN RR.LL.
37.500 euros
Octavo. Aumentos en el crédito disponible.
1. Conforme a lo establecido en la letra e) del artículo 10 del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y de acuerdo con el
artículo 5.5 del texto articulado de la Orden de 20 de diciembre de 2019, en el supuesto
de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, la Dirección-Gerencia del
IAPRL podrá dictar una resolución complementaria de concesión de la subvención que
incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias
por agotamiento del mismo. Estos aumentos en el crédito disponible se distribuirán
respetando el orden de prelación entre las solicitudes, establecido por la comisión de
valoración regulada en el apartado 13 del cuadro resumen.
2. No tendrán la consideración de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito
disponible, aquellos que se generen como consecuencia de la renuncia de entidades
beneficiarias, de la revocación de la resolución de concesión, o de los sobrantes del
crédito por un número de solicitudes presentadas menor del estimado.
Décimo. Solicitudes y formularios. Presentación electrónica.
1. Se aprueban para la presente convocatoria los formularios que constan como
anexos y que se relacionan a continuación a los que deberán ajustarse las solicitudes
presentadas y, en su caso, los trámites de reformulación y aportación de los documentos
citados en el apartado 15.a) del cuadro resumen:
a) Formulario de solicitud (Anexo I).
b) Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos
(Anexo II).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268374
Noveno. Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera.
Durante el ejercicio presupuestario de 2022, en orden al cumplimiento de la normativa
reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera,
se autoriza a la Dirección-Gerencia del IAPRL para, con cumplimiento de la normativa
reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido
objeto de resolución de concesión, así como para suspender o no realizar las convocatorias
futuras. Todo ello en los términos establecidos en el artículo 29.2 de la Ley 3/2020, de 28
de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio
2021, prorrogado al ejercicio 2022, conforme al Decreto 286/2021, de 28 de diciembre,
por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022; o en su
caso, en el artículo que le sustituya de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el ejercicio 2022, en caso de que esta se apruebe.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022
página 15102/5
Séptimo. Créditos presupuestarios.
Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios de la
posición presupuestaria G/31O/48300/00, del programa 31O Prevención de Riesgos
Laborales y Salud Laboral. Se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter
plurianual por las cuantías totales máximas que para cada anualidad se detallan a
continuación:
EJERCICIO
PARTIDA PRESUPUESTARIA
CONCEPTO
CUANTÍA TOTAL MÁXIMA
2022
1031010000 G/31O/48300/00 01 2022
MEJORA CONDICIONES DE TRABAJO
Y PARA FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN,
PREVENCIÓN RR.LL.
112.500 euros
2023
1031010000 G/31O/48300/00 01 2023
MEJORA CONDICIONES DE TRABAJO
Y PARA FORMACIÓN Y DIVULGACIÓN,
PREVENCIÓN RR.LL.
37.500 euros
Octavo. Aumentos en el crédito disponible.
1. Conforme a lo establecido en la letra e) del artículo 10 del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y de acuerdo con el
artículo 5.5 del texto articulado de la Orden de 20 de diciembre de 2019, en el supuesto
de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, la Dirección-Gerencia del
IAPRL podrá dictar una resolución complementaria de concesión de la subvención que
incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias
por agotamiento del mismo. Estos aumentos en el crédito disponible se distribuirán
respetando el orden de prelación entre las solicitudes, establecido por la comisión de
valoración regulada en el apartado 13 del cuadro resumen.
2. No tendrán la consideración de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito
disponible, aquellos que se generen como consecuencia de la renuncia de entidades
beneficiarias, de la revocación de la resolución de concesión, o de los sobrantes del
crédito por un número de solicitudes presentadas menor del estimado.
Décimo. Solicitudes y formularios. Presentación electrónica.
1. Se aprueban para la presente convocatoria los formularios que constan como
anexos y que se relacionan a continuación a los que deberán ajustarse las solicitudes
presentadas y, en su caso, los trámites de reformulación y aportación de los documentos
citados en el apartado 15.a) del cuadro resumen:
a) Formulario de solicitud (Anexo I).
b) Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos
(Anexo II).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268374
Noveno. Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera.
Durante el ejercicio presupuestario de 2022, en orden al cumplimiento de la normativa
reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera,
se autoriza a la Dirección-Gerencia del IAPRL para, con cumplimiento de la normativa
reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto las convocatorias que no hayan sido
objeto de resolución de concesión, así como para suspender o no realizar las convocatorias
futuras. Todo ello en los términos establecidos en el artículo 29.2 de la Ley 3/2020, de 28
de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio
2021, prorrogado al ejercicio 2022, conforme al Decreto 286/2021, de 28 de diciembre,
por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe ajustarse la prórroga
del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022; o en su
caso, en el artículo que le sustituya de la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el ejercicio 2022, en caso de que esta se apruebe.