Autoridades y personal. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/184-20)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de Extenda, Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A., por la que se anuncia convocatoria pública para la cobertura del puesto directivo de Consejero/a Delegado/a.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 184 - Viernes, 23 de septiembre de 2022

página 14900/2

Primera. Normas generales.
- Objeto: Es objeto de las presentes bases establecer las normas para la provisión
del puesto de trabajo en régimen laboral de alta dirección de Consejero/a Delegado/a de
Extenda, Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A., cuyo perfil profesional
se indica seguidamente.
- Denominación: Consejero/a Delegado/a.
- Régimen laboral: Sometido a la relación laboral de carácter especial de alta dirección
(Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto).
- Descripción del puesto y atribuciones principales: La persona titular de este puesto
directivo, de conformidad con lo establecido en los Estatutos, ejercerá las facultades de
administración, y gestión ordinaria y, en general, las funciones ejecutivas que le sean
atribuidas por delegación o apoderamiento del Consejo de Administración, sin perjuicio
de las facultades reservadas a la Presidencia y al Consejo de Administración.
En particular, con las directrices que el Consejo de Administración señale y sin
perjuicio de las revocaciones o nuevas delegaciones que puedan producirse, el
Consejero/a Delegado/a tiene entre sus atribuciones las siguientes:
a) Dirigir y realizar los actos de administración y gestión de la Sociedad.
b) Representar a la sociedad ante las autoridades y funcionarios de los Centros y
Dependencias del Estado, Comunidades Autónomas, Provincia y Municipio. Efectuar los
ingresos y cobros que correspondan a la Sociedad en cualquiera de las oficinas.
c) Librar, endosar, avalar, indicar, aceptar, intervenir, pagar y protestar letras de
cambio y contestar a sus protestos.
d) Abrir, continuar y liquidar y cerrar o extinguir cuentas corrientes recíprocas o con
los Bancos, Cajas de Ahorros u otras entidades de crédito. Disponer por transferencias,
retirar sus fondos, impugnar o aprobar sus saldos, pedir extractos de las cuentas.
e) Comparecer ante toda clase de oficinas públicas o de funcionarios dependientes
del Estado, Comunidades Autónomas, Diputaciones, Ayuntamientos, establecimientos
públicos y cualesquiera otras.
f) Celebrar actos de conciliación, comparecer como actor, demandado, tercero,
coadyuvante o en cualquier otro concepto, ejercitando acciones civiles, administrativas,
criminales o de otra índole, en defensa de cualesquiera pretensiones, ante los Juzgados,
tribunales ordinarios, especiales, extraordinarios o excepcionales de cualquier clase,
grado o jurisdicción.
g) Constituir, reconocer, adquirir, modificar, extinguir, renunciar, reducir, posponer,
cancelar toda clase de derechos reales, y, en especial, el de hipoteca, con facultades
para fijar su extensión, contenido, limites, responsabilidades y medidas de ejecución.
h) Comprar, vender, permutar, ceder, y dar en pago, traspasar, aportar y adquirir, toda
clase de cosas, bienes y derechos muebles o inmuebles o cuotas indivisas.
i) Dividir bienes proindivisos, rectificar linderos, segregar, dividir y agrupar fincas.
j) Dar y tomar dinero a préstamo, aceptar y reconocer deudas, constituir y cancelar
toda clase de obligaciones, fianzas y avales.
k) Constituir Sociedades civiles y mercantiles, establecer sus Estatutos, suscribir
y desembolsar acciones, ejecutar todos los derechos económicos y políticos que se
correspondan.
l) Transigir y someter a arbitraje de equidad o derecho toda clase de cuestiones,
nombrar árbitros y someterse a jurisdicciones.
m) Realizar apoderamientos y nombramientos de representantes que sean necesarios
para el desarrollo de la actividad de la sociedad, así como revocación de los mismos.
n) Conferir poder tan amplio, como en derecho convenga, para solicitar, descargar,
instalar, renovar, suspender, revocar y utilizar cualesquiera certificados de firma
electrónica emitidos por la FNMI o por otros prestadores de servicios de certificación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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