5. Anuncios. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/181-15)
Anuncio de 29 de agosto de 2022, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba, por el que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el proyecto que se cita, a ubicar en el término municipal de Bujalance (Córdoba), promovida por la Sociedad Generadora Eléctrica VI, S.L. (PP. 2046/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 181 - Martes, 20 de septiembre de 2022

página 13832/4

evacuado el Informe de Compatibilidad Urbanística, dicho informe habrá de ser tenido en
cuenta durante el procedimiento de autorización de instalaciones energéticas. En el caso
presente, se había obtenido Informe de Compatibilidad Urbanística a la fecha de entrada
en vigor del Decreto-Ley 26/2021, de 14 de diciembre.

Séptimo. Garantía de desmantelamiento y restauración de terrenos.
El artículo 12.4 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías
renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en su redacción vigente
hasta la modificación normativa ocurrida el 18 de diciembre de 2021 mediante la entrada
en vigor del Decreto Ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas
de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación
económica de Andalucía, indicaba que la consejería competente en materia de energía,
estableciese, por resolución, el importe de la garantía necesaria para restauración de
las condiciones ambientales y paisajísticas de los terrenos y de su entorno inmediato,
en relación a la implantación de las actuaciones de producción de energía eléctrica
mediante fuentes energéticas renovables, una vez concluida la vida útil de éstas. La
nueva normativa incide en la necesidad de constituir una garantía para cubrir los gastos
del deber de restitución de terrenos a su estado original, pero vincula al procedimiento de
licencia urbanística la presentación del presupuesto de desmantelamiento y restitución
de terrenos, desapareciendo para el órgano con competencia en materia de energía, la
obligación de establecer mediante resolución el importe de la garantía.
Por tanto y de acuerdo con la nueva redacción del artículo 12.1 de la Ley 2/2007, de
27 de marzo, las personas promotoras deberán presentar en el momento de la solicitud
de la licencia urbanística municipal el importe del proyecto de desmantelamiento para
determinar la cuantía de la garantía. Ésta se realizará en favor del municipio donde se
implante la actuación, y su importe será fijado por el Ayuntamiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00267117

Sexto. Permisos de acceso y conexión.
Con fecha 28 de mayo de 2019 Red Eléctrica de España, S.A. emitió un Informe de
Viabilidad de Acceso conjunto, correspondiente a las plantas fotovoltaicas a conectar en
el nudo de la red de transporte «SE Guadame 220 KV», entre las que se encuentra la
Planta Solar Fotovoltaica «PSFV Guadalquivir 2» promovida por la sociedad Generadora
Eléctrica VI, S.L. En dicho informe se indica que la conexión del contingente de generación
considerado resulta técnicamente viable.
Con fecha 27 de agosto de 2020, Red Eléctrica de España, S.A. emitió el Informe
de Cumplimiento de Condiciones Técnicas para la Conexión, (ICCTC), correspondiente
al contingente de generación renovable constituido por las once plantas fotovoltaicas a
conectar en el nudo de la red de transporte «SE Guadame 220 KV», consideradas en
el anterior Informe de Viabilidad de Acceso, entre las que se encuentra la Planta Solar
Fotovoltaica «PSFV Guadalquivir 2» promovida por la sociedad Generadora Eléctrica
VI, S.L. Mediante este documento Red Eléctrica de España, S.A. procede a otorgar
permiso de conexión de estas instalaciones de generación en la Red de Transporte, en la
Subestación «SE Guadame 220 KV».
Con fecha 17 de septiembre de 2020, Red Eléctrica de España, S.A. emitió el Informe
de Verificación de las Condiciones Técnicas para la Conexión, (IVCTC), correspondiente
al contingente de generación renovable mencionado previamente, a conectar en el nudo
de la red de transporte «SE Guadame 220 KV», entre las que se encuentra la Planta Solar
Fotovoltaica «PSFV Guadalquivir 2» de 38,5 MW en el punto de conexión, promovida por
la sociedad Generadora Eléctrica VI, S.L. Esta comunicación supone la cumplimentación
de los procedimientos de acceso y conexión, y constituye los permisos de acceso y
conexión a la red de transporte necesarios para el otorgamiento de la autorización
administrativa para las instalaciones generadoras consideradas, según lo establecido en
el Artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.