5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/181-26)
Anuncio de 1 de septiembre de 2022, del Ayuntamiento de Huelma, de bases para proveer por concurso de una plaza de Limpiador/a. (PP. 2088/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 181 - Martes, 20 de septiembre de 2022
página 14032/4
Los servicios prestados habrán de acreditarse suficientemente mediante contratos
de trabajo o certificación expedida por la administración correspondiente, en la que se
acrediten los servicios prestados con mención del periodo, plaza o puesto, acompañado
del correspondiente informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la
Seguridad Social La calificación de la fase de concurso comprenderá la suma de la
puntuación obtenida en el apartado anteriormente descrito, con un máximo de 50 puntos.
Criterio de desempate.
Tras la conclusión del concurso, y solo en caso de empate de aquellos aspirantes
que obtengan mayor puntuación se procederá a la realización de una entrevista con los
candidatos que arrojen idéntica puntuación para la adjudicación de la plaza y que versará
sobre la concreción de los méritos alegados y la capacitación de la persona aspirante
para el desempeño del puesto de trabajo convocado. Esta entrevista será valorada hasta
un máximo de 5 puntos.
9. Lista de aprobados y propuesta de contratación.
Una vez finalizada la valoración, el Tribunal Calificador hará público en el tablón de
edictos del Ayuntamiento el resultado del proceso selectivo, por orden de puntuación, y la
propuesta de contratación.
La propuesta, en número igual al de plazas convocadas, deberá recaer sobre el/la
aspirante que, haya obtenido mayor puntuación.
Seguidamente la propuesta de contratación será elevada al órgano municipal
competente para la adopción del acuerdo que proceda.
Los/as aspirantes que no se hallen incluidos en la propuesta de contratación tendrán
la consideración de no aptos a todos los efectos.
10. Presentación de documentos.
El/La aspirante propuesto/a deberá presentar en la Secretaría Municipal, en el plazo
de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación
de aprobados y propuesta de contratación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento,
los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la
declaración jurada de no hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidades
previstos en la legislación vigente.
Quienes dentro del plazo fijado, y salvo fuerza mayor, no presentarán la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones
sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudieran haber concurrido por falsedad
en la solicitud inicial.
12. Norma final.
En lo previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la legislación aplicable
prevista en la base segunda. Contra las presentes bases, podrá interponer, en el plazo de
dos meses, contados a partir del día siguiente, al de su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia, recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo señalado
en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, puede
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267317
11. Contratación laboral indefinida a tiempo parcial.
En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación del
nombramiento por el órgano municipal competente, se formalizará el contrato laboral por
tiempo indefinido a tiempo parcial durante 25 horas semanales. En el momento de la
firma del contrato, el/la aspirante nombrado prestará juramento o promesa en la forma
establecida en el Real Decreto 770/1979, de 5 de abril.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 181 - Martes, 20 de septiembre de 2022
página 14032/4
Los servicios prestados habrán de acreditarse suficientemente mediante contratos
de trabajo o certificación expedida por la administración correspondiente, en la que se
acrediten los servicios prestados con mención del periodo, plaza o puesto, acompañado
del correspondiente informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la
Seguridad Social La calificación de la fase de concurso comprenderá la suma de la
puntuación obtenida en el apartado anteriormente descrito, con un máximo de 50 puntos.
Criterio de desempate.
Tras la conclusión del concurso, y solo en caso de empate de aquellos aspirantes
que obtengan mayor puntuación se procederá a la realización de una entrevista con los
candidatos que arrojen idéntica puntuación para la adjudicación de la plaza y que versará
sobre la concreción de los méritos alegados y la capacitación de la persona aspirante
para el desempeño del puesto de trabajo convocado. Esta entrevista será valorada hasta
un máximo de 5 puntos.
9. Lista de aprobados y propuesta de contratación.
Una vez finalizada la valoración, el Tribunal Calificador hará público en el tablón de
edictos del Ayuntamiento el resultado del proceso selectivo, por orden de puntuación, y la
propuesta de contratación.
La propuesta, en número igual al de plazas convocadas, deberá recaer sobre el/la
aspirante que, haya obtenido mayor puntuación.
Seguidamente la propuesta de contratación será elevada al órgano municipal
competente para la adopción del acuerdo que proceda.
Los/as aspirantes que no se hallen incluidos en la propuesta de contratación tendrán
la consideración de no aptos a todos los efectos.
10. Presentación de documentos.
El/La aspirante propuesto/a deberá presentar en la Secretaría Municipal, en el plazo
de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación
de aprobados y propuesta de contratación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento,
los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la
declaración jurada de no hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidades
previstos en la legislación vigente.
Quienes dentro del plazo fijado, y salvo fuerza mayor, no presentarán la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones
sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudieran haber concurrido por falsedad
en la solicitud inicial.
12. Norma final.
En lo previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la legislación aplicable
prevista en la base segunda. Contra las presentes bases, podrá interponer, en el plazo de
dos meses, contados a partir del día siguiente, al de su publicación en el Boletín Oficial
de la Provincia, recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo señalado
en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, puede
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267317
11. Contratación laboral indefinida a tiempo parcial.
En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación del
nombramiento por el órgano municipal competente, se formalizará el contrato laboral por
tiempo indefinido a tiempo parcial durante 25 horas semanales. En el momento de la
firma del contrato, el/la aspirante nombrado prestará juramento o promesa en la forma
establecida en el Real Decreto 770/1979, de 5 de abril.