Autoridades y personal. Empresas Públicas y Asimiladas. (2022/180-16)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Fundación Pública Andaluza Centro de Estudios Andaluces M.P., por la que se acuerda la apertura de un proceso de selección de personal para cubrir una plaza de Técnico Jurídico y de Contratación del Grupo B. Nivel B.2 Personal Técnico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Lunes, 19 de septiembre de 2022
página 14623/3
4. Requisitos de los candidatos.
4.1. Para su admisión las personas aspirantes deben reunir los requisitos obligatorios
expuestos en el apartado siguiente de estas bases. Estas condiciones deberán cumplirse
a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Posteriormente se
aplicará la baremación que se define en el Anexo I.
4.2. Requisitos obligatorios:
a) Ser de nacionalidad española, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea
o extranjero con residencia legal en España, en los términos establecidos en el artículo
57 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Cumplir con los requisitos mínimos de formación y experiencia que se exigen para
el puesto según artículo 11 del II Convenio Colectivo:
Titulación académica exigida:
Licenciatura o Grado en Derecho.
Experiencia mínima exigida: Tres años de experiencia en entidades del sector público
de la Junta de Andalucía en el puesto a desempeñar (estará delimitado por la misión y
funciones descritas en el punto 3.º de las presentes bases).
c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaba en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas. Quien tenga la
consideración de persona con discapacidad deberá acreditar la compatibilidad con el
desempeño de las tareas correspondiente a la plaza objeto de estas Bases mediante
dictamen expedido por un equipo profesional competente antes de la formalización del
contrato de trabajo. Esta Fundación se compromete a adoptar las medidas precisas para
establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso de
selección y una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a
las necesidades de la persona con discapacidad.
4.3. Requisitos valorables:
4.3.1. Experiencia superior a tres años en entidades del sector público de la Junta de
Andalucía en el puesto a desempeñar, según las funciones descritas en el apartado 3.2
Funciones. Dicha experiencia deberá acreditarse mediante nombramiento de funcionario
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267905
• Elaboración, revisión y tramitación de adendas, resoluciones, y convenios, y su
correspondiente registro.
• Asesoramiento y emisión de informes y dictámenes en materia de contratación
pública y en cualquier otro ámbito jurídico, en materias que afecten a la Fundación.
• Colaborar y asesorar al responsable de protección de datos personales en relación
con la normativa aplicable.
• Supervisión y control del cumplimiento de las obligaciones formales con la
administración de la Junta de Andalucía en los ámbitos competenciales que le
corresponden.
• Preparación y remisión de la documentación necesaria para el cumplimiento de
las obligaciones de la auditoría externa y de fiscalización por parte de la Intervención
General de la Junta de Andalucía.
• Cualesquiera otras tareas de apoyo a la Dirección que se le pudieran encomendar.
• Otras tareas inherentes al puesto o que aun no siéndolo, sean necesarias para la
consecución de los objetivos de la Fundación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 180 - Lunes, 19 de septiembre de 2022
página 14623/3
4. Requisitos de los candidatos.
4.1. Para su admisión las personas aspirantes deben reunir los requisitos obligatorios
expuestos en el apartado siguiente de estas bases. Estas condiciones deberán cumplirse
a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Posteriormente se
aplicará la baremación que se define en el Anexo I.
4.2. Requisitos obligatorios:
a) Ser de nacionalidad española, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea
o extranjero con residencia legal en España, en los términos establecidos en el artículo
57 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Cumplir con los requisitos mínimos de formación y experiencia que se exigen para
el puesto según artículo 11 del II Convenio Colectivo:
Titulación académica exigida:
Licenciatura o Grado en Derecho.
Experiencia mínima exigida: Tres años de experiencia en entidades del sector público
de la Junta de Andalucía en el puesto a desempeñar (estará delimitado por la misión y
funciones descritas en el punto 3.º de las presentes bases).
c) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaba en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o
inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en
situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Poseer la capacidad funcional para el desarrollo de las tareas. Quien tenga la
consideración de persona con discapacidad deberá acreditar la compatibilidad con el
desempeño de las tareas correspondiente a la plaza objeto de estas Bases mediante
dictamen expedido por un equipo profesional competente antes de la formalización del
contrato de trabajo. Esta Fundación se compromete a adoptar las medidas precisas para
establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso de
selección y una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a
las necesidades de la persona con discapacidad.
4.3. Requisitos valorables:
4.3.1. Experiencia superior a tres años en entidades del sector público de la Junta de
Andalucía en el puesto a desempeñar, según las funciones descritas en el apartado 3.2
Funciones. Dicha experiencia deberá acreditarse mediante nombramiento de funcionario
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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• Elaboración, revisión y tramitación de adendas, resoluciones, y convenios, y su
correspondiente registro.
• Asesoramiento y emisión de informes y dictámenes en materia de contratación
pública y en cualquier otro ámbito jurídico, en materias que afecten a la Fundación.
• Colaborar y asesorar al responsable de protección de datos personales en relación
con la normativa aplicable.
• Supervisión y control del cumplimiento de las obligaciones formales con la
administración de la Junta de Andalucía en los ámbitos competenciales que le
corresponden.
• Preparación y remisión de la documentación necesaria para el cumplimiento de
las obligaciones de la auditoría externa y de fiscalización por parte de la Intervención
General de la Junta de Andalucía.
• Cualesquiera otras tareas de apoyo a la Dirección que se le pudieran encomendar.
• Otras tareas inherentes al puesto o que aun no siéndolo, sean necesarias para la
consecución de los objetivos de la Fundación.