Autoridades y personal. Universidades. (2022/179-64)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Ayudantes de Archivos, Museos y Bibliotecas de esta Universidad, mediante el sistema de acceso libre.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022
página 14590/10
Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para su superación obtener un
mínimo de cinco puntos, y no haber obtenido una calificación de cero puntos en alguno
de los temas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 3 horas.
2. Fase de concurso.
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán
en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado, al menos, el primer ejercicio de la
fase de oposición.
Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes. Los méritos no justificados documentalmente en el plazo establecido en el
apartado 3.2. de esta convocatoria no podrán ser valorados en esta fase de concurso. La
puntuación máxima de esta fase será de 25 puntos.
La valoración de los méritos se realizará teniendo en cuenta los servicios prestados
en la Administración Pública en relación con las Bibliotecas, Archivos y Museos, bien
como Personal Funcionario del Subgrupo A2 o superior, bien como Personal Laboral en
Grupo II o Grupo I. Dichos servicios se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
a) En Universidades Públicas: 0,023 puntos por día de servicio.
b) En otra Administración Pública: 0,0115 puntos por día de servicio.
3. Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición. En caso de
empate, el orden se establecerá atendiendo a los criterios establecidos en la base 8.2 de
esta convocatoria.
ANEXO II
PROGR A M A
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
2. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
3. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de
las Administraciones Públicas. Principios generales. Ámbitos de aplicación. Actividades
públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.
4. Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y
ámbito de la Ley. El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres. La igualdad
en el ámbito de la educación superior. Igualdad y conciliación. El principio de igualdad en
el empleo público.
5. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
6. Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Andaluza de Universidades.
7. Los Estatutos de la Universidad de Almería.
8. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento
de su calidad. Disposiciones generales. Organización de las enseñanzas universitarias.
Organización básica de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, de Máster y de
Doctorado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267865
Bloque 1. Legislación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022
página 14590/10
Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para su superación obtener un
mínimo de cinco puntos, y no haber obtenido una calificación de cero puntos en alguno
de los temas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 3 horas.
2. Fase de concurso.
Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán
en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado, al menos, el primer ejercicio de la
fase de oposición.
Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes. Los méritos no justificados documentalmente en el plazo establecido en el
apartado 3.2. de esta convocatoria no podrán ser valorados en esta fase de concurso. La
puntuación máxima de esta fase será de 25 puntos.
La valoración de los méritos se realizará teniendo en cuenta los servicios prestados
en la Administración Pública en relación con las Bibliotecas, Archivos y Museos, bien
como Personal Funcionario del Subgrupo A2 o superior, bien como Personal Laboral en
Grupo II o Grupo I. Dichos servicios se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:
a) En Universidades Públicas: 0,023 puntos por día de servicio.
b) En otra Administración Pública: 0,0115 puntos por día de servicio.
3. Calificación final.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la fase de oposición. En caso de
empate, el orden se establecerá atendiendo a los criterios establecidos en la base 8.2 de
esta convocatoria.
ANEXO II
PROGR A M A
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
2. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
3. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de
las Administraciones Públicas. Principios generales. Ámbitos de aplicación. Actividades
públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.
4. Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Objeto y
ámbito de la Ley. El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres. La igualdad
en el ámbito de la educación superior. Igualdad y conciliación. El principio de igualdad en
el empleo público.
5. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
6. Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley Andaluza de Universidades.
7. Los Estatutos de la Universidad de Almería.
8. Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento
de su calidad. Disposiciones generales. Organización de las enseñanzas universitarias.
Organización básica de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, de Máster y de
Doctorado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267865
Bloque 1. Legislación.