3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/179-80)
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la liquidación y baja de la Fundación Obra Pía Julián Rodríguez Rey Carrillo de Albornoz.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022
página 14578/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía
la liquidación y baja de la Fundación Obra Pía Julián Rodríguez Rey Carrillo de
Albornoz.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción del procedimiento de liquidación
y baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Obra Pía Julián
Rodríguez Rey Carrillo de Albornoz, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 3 de febrero de 2022 se dicta resolución por esta Dirección
General en virtud de la cual se ratifica por el Protectorado el balance de liquidación de la
Fundación Obra Pía Julián Rodríguez Rey Carrillo de Albornoz, adoptado por su patronato
en sesión celebrada el día 11 de septiembre de 2021 y se aprueba la adjudicación de
los bienes resultantes de la liquidación, consistente en una vivienda situada en la calle
Pío XII, núm. 57, de Priego de Córdoba, e inscrita en el Registro de la Propiedad de dicha
localidad con el núm. de finca 35088 y referencia catastral 3445533UG9434N0001KD, a
favor de la Fundación Arjona Valera, inscrita en el Registro de Fundaciones de Andalucía
con el número CO-0353.
Asimismo se resuelve que por la fundación se remita copia del documento acreditativo
de la entrega de la vivienda descrita en el párrafo anterior a la entidad adjudicataria de
los bienes resultantes de la liquidación, Fundación Arjona Valera.
Segundo. El día 14 de julio de 2022 tiene entrada en la Consejería de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración Local escrito de la fundación por el que se
acredita la entrega de la referida vivienda a la entidad adjudicataria, Fundación Arjona
Valera, aportando para ello copia de la escritura pública otorgada el día 12 de mayo de
2022 ante la Notaria doña Paulina Fernández Valverde bajo el núm. 653 de su protocolo,
y solicitando la inscripción de la liquidación y baja de la fundación en el Registro de
Fundaciones de Andalucía.
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: El artículo 34
de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés
general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del
Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones
de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado mediante Decreto 32/2008, de 5 de
febrero; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones
de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así
como la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Segundo. Al expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran
esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 10/2005,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267852
FUNDAMENTOS DE DERECHO
BOJA
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022
página 14578/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 29 de julio de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía
la liquidación y baja de la Fundación Obra Pía Julián Rodríguez Rey Carrillo de
Albornoz.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción del procedimiento de liquidación
y baja en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Obra Pía Julián
Rodríguez Rey Carrillo de Albornoz, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 3 de febrero de 2022 se dicta resolución por esta Dirección
General en virtud de la cual se ratifica por el Protectorado el balance de liquidación de la
Fundación Obra Pía Julián Rodríguez Rey Carrillo de Albornoz, adoptado por su patronato
en sesión celebrada el día 11 de septiembre de 2021 y se aprueba la adjudicación de
los bienes resultantes de la liquidación, consistente en una vivienda situada en la calle
Pío XII, núm. 57, de Priego de Córdoba, e inscrita en el Registro de la Propiedad de dicha
localidad con el núm. de finca 35088 y referencia catastral 3445533UG9434N0001KD, a
favor de la Fundación Arjona Valera, inscrita en el Registro de Fundaciones de Andalucía
con el número CO-0353.
Asimismo se resuelve que por la fundación se remita copia del documento acreditativo
de la entrega de la vivienda descrita en el párrafo anterior a la entidad adjudicataria de
los bienes resultantes de la liquidación, Fundación Arjona Valera.
Segundo. El día 14 de julio de 2022 tiene entrada en la Consejería de Turismo,
Regeneración, Justicia y Administración Local escrito de la fundación por el que se
acredita la entrega de la referida vivienda a la entidad adjudicataria, Fundación Arjona
Valera, aportando para ello copia de la escritura pública otorgada el día 12 de mayo de
2022 ante la Notaria doña Paulina Fernández Valverde bajo el núm. 653 de su protocolo,
y solicitando la inscripción de la liquidación y baja de la fundación en el Registro de
Fundaciones de Andalucía.
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: El artículo 34
de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés
general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del
Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones
de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de Fundaciones de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado mediante Decreto 32/2008, de 5 de
febrero; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones
de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así
como la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Segundo. Al expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran
esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en los artículos 42 y 43 de la Ley 10/2005,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267852
FUNDAMENTOS DE DERECHO