Disposiciones generales. Consejería de Salud y Consumo. (2022/176-4)
Corrección de errores del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo (BOJA extraordinario núm. 28, de 11.8.2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 176 - Martes, 13 de septiembre de 2022
página 14397/3
«Artículo 5. Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud.
A la persona titular de la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud, le
corresponden las atribuciones previstas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, y, en particular, las siguientes funciones:
a) El impulso y dirección de las políticas de salud pública y de investigación, desarrollo
e innovación en salud, así como de las políticas intersectoriales en el ámbito de las
competencias de la Secretaría General y de las actuaciones en materia de promoción,
prevención, vigilancia y protección de la salud.
b) El control de las enfermedades y riesgos para la salud en situaciones de emergencia
sanitaria, la coordinación y comunicación del riesgo en salud pública.
c) El impulso de las políticas, iniciativas y proyectos de transformación digital en el
ámbito de la Consejería y su coordinación con la Agencia Digital de Andalucía.
d) El impulso de estrategias de mejora de la calidad e innovación de la metodología
docente y el seguimiento de su implantación en el marco de las estrategias de calidad de
la Consejería, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia
de investigación e innovación.
e) La ordenación farmacéutica en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
f) Elaboración, seguimiento y evaluación de los contratos programas a suscribir
entre la Consejería y la Escuela Andaluza de Salud Pública, S.A. y la Fundación Pública
Andaluza Progreso y Salud.
g) La dirección estratégica de los Sistemas de Información, en el ámbito de la
Consejería de Salud y Consumo y del Servicio Andaluz de Salud, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a la Agencia Digital de Andalucía.
h) Seguimiento y evaluación de las políticas de calidad de la Consejería.
i) La dirección estratégica de las entidades de investigación biomédica adscritas a la
Consejería de Salud y Consumo.
j) La definición de las líneas prioritarias de investigación, desarrollo e innovación en
el ámbito de actuación de la Consejería, la aplicación y la promoción de la transferencia
de tecnología en este sector, así como la compra pública innovadora en materia de salud,
sin perjuicio de las competencias de otras Consejerías en esta materia.
k) La dirección, ejecución y evaluación de las políticas de acreditación y certificación
de calidad en el ámbito de competencias de la Consejería en coordinación con las
sociedades científicas y los colegios profesionales.
l) La planificación estratégica de las políticas de formación, desarrollo profesional y
acreditación de profesionales en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
m) La coordinación con las diferentes Universidades de Andalucía en materia de
formación de grado, postgrado e investigación, así como la gestión y seguimiento de los
Convenios suscritos con las Universidades o con otras instituciones públicas o privadas
en materia de formación e investigación.
n) La elaboración y fomento de políticas de innovación organizativa, asistencial,
tecnológica y de transformación digital en el ámbito de la Consejería, así como la
promoción de proyectos de innovación tecnológica en colaboración con los sectores
académicos e industriales.
ñ) La coordinación de la política de investigación biosanitaria con la Estrategia de
Investigación, Desarrollo e Innovación de la Junta de Andalucía.
o) El diseño y coordinación de una estrategia de excelencia en materia de salud
pública, investigación, desarrollo e innovación en salud.
p) La planificación y coordinación de la formación de especialistas en ciencias de la
salud en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267670
Debe decir:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 176 - Martes, 13 de septiembre de 2022
página 14397/3
«Artículo 5. Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud.
A la persona titular de la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud, le
corresponden las atribuciones previstas en el artículo 28 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, y, en particular, las siguientes funciones:
a) El impulso y dirección de las políticas de salud pública y de investigación, desarrollo
e innovación en salud, así como de las políticas intersectoriales en el ámbito de las
competencias de la Secretaría General y de las actuaciones en materia de promoción,
prevención, vigilancia y protección de la salud.
b) El control de las enfermedades y riesgos para la salud en situaciones de emergencia
sanitaria, la coordinación y comunicación del riesgo en salud pública.
c) El impulso de las políticas, iniciativas y proyectos de transformación digital en el
ámbito de la Consejería y su coordinación con la Agencia Digital de Andalucía.
d) El impulso de estrategias de mejora de la calidad e innovación de la metodología
docente y el seguimiento de su implantación en el marco de las estrategias de calidad de
la Consejería, sin perjuicio de las competencias de la Consejería competente en materia
de investigación e innovación.
e) La ordenación farmacéutica en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
f) Elaboración, seguimiento y evaluación de los contratos programas a suscribir
entre la Consejería y la Escuela Andaluza de Salud Pública, S.A. y la Fundación Pública
Andaluza Progreso y Salud.
g) La dirección estratégica de los Sistemas de Información, en el ámbito de la
Consejería de Salud y Consumo y del Servicio Andaluz de Salud, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a la Agencia Digital de Andalucía.
h) Seguimiento y evaluación de las políticas de calidad de la Consejería.
i) La dirección estratégica de las entidades de investigación biomédica adscritas a la
Consejería de Salud y Consumo.
j) La definición de las líneas prioritarias de investigación, desarrollo e innovación en
el ámbito de actuación de la Consejería, la aplicación y la promoción de la transferencia
de tecnología en este sector, así como la compra pública innovadora en materia de salud,
sin perjuicio de las competencias de otras Consejerías en esta materia.
k) La dirección, ejecución y evaluación de las políticas de acreditación y certificación
de calidad en el ámbito de competencias de la Consejería en coordinación con las
sociedades científicas y los colegios profesionales.
l) La planificación estratégica de las políticas de formación, desarrollo profesional y
acreditación de profesionales en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
m) La coordinación con las diferentes Universidades de Andalucía en materia de
formación de grado, postgrado e investigación, así como la gestión y seguimiento de los
Convenios suscritos con las Universidades o con otras instituciones públicas o privadas
en materia de formación e investigación.
n) La elaboración y fomento de políticas de innovación organizativa, asistencial,
tecnológica y de transformación digital en el ámbito de la Consejería, así como la
promoción de proyectos de innovación tecnológica en colaboración con los sectores
académicos e industriales.
ñ) La coordinación de la política de investigación biosanitaria con la Estrategia de
Investigación, Desarrollo e Innovación de la Junta de Andalucía.
o) El diseño y coordinación de una estrategia de excelencia en materia de salud
pública, investigación, desarrollo e innovación en salud.
p) La planificación y coordinación de la formación de especialistas en ciencias de la
salud en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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00267670
Debe decir: