3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/175-24)
Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se establece el mecanismo para autorizar la excepción para la alimentación convencional del ganado ecológico ante la situación catastrófica de la sequía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Lunes, 12 de septiembre de 2022
página 14187/4
Información sobre la Producción Ecológica en Andalucía (SIPEA), en forma de fichero
plano en el siguiente apartado: SIPEA Menu/Principal/Registro de Comunicaciones.
3. La información mínima que deberán contener las comunicaciones mencionadas en
los puntos 1 y 2 anteriores será:
- Nombre y apellidos.
- NIF.
- Especie animal y número de cabezas.
- Código REGA de la explotación.
- OCA de la que depende. En el caso de las colmenas, aquella donde se encuentren
los asentamientos.
- Tipo de alimento no ecológico (pienso/grano y forraje/paja) y cantidad en kg.
- Superficie en ha, en caso de su aprovechamiento a diente.
4. Los organismos de control de la producción ecológica autorizados por la Consejería
de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, tendrán en cuenta lo dispuesto en la presente
resolución a la hora de certificar la producción ecológica procedente de las explotaciones
ganaderas ecológicas individuales en sus visitas de control.
5. Para el caso de la apicultura, en relación con la alimentación artificial, en el registro
de las colmenas deberá consignarse el tipo de producto, fechas de utilización, cantidades
utilizadas y colmenas en las que se emplea.
6. La autoridad competente podrá, en el ejercicio de sus competencias, establecer
cuantos controles estime necesarios para asegurar el cumplimiento de la presente
resolución.
Cuarto. Efectos.
Lo dispuesto en la presente resolución tendrá efecto a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00267461
Sevilla, 5 de septiembre de 2022.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Lunes, 12 de septiembre de 2022
página 14187/4
Información sobre la Producción Ecológica en Andalucía (SIPEA), en forma de fichero
plano en el siguiente apartado: SIPEA Menu/Principal/Registro de Comunicaciones.
3. La información mínima que deberán contener las comunicaciones mencionadas en
los puntos 1 y 2 anteriores será:
- Nombre y apellidos.
- NIF.
- Especie animal y número de cabezas.
- Código REGA de la explotación.
- OCA de la que depende. En el caso de las colmenas, aquella donde se encuentren
los asentamientos.
- Tipo de alimento no ecológico (pienso/grano y forraje/paja) y cantidad en kg.
- Superficie en ha, en caso de su aprovechamiento a diente.
4. Los organismos de control de la producción ecológica autorizados por la Consejería
de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, tendrán en cuenta lo dispuesto en la presente
resolución a la hora de certificar la producción ecológica procedente de las explotaciones
ganaderas ecológicas individuales en sus visitas de control.
5. Para el caso de la apicultura, en relación con la alimentación artificial, en el registro
de las colmenas deberá consignarse el tipo de producto, fechas de utilización, cantidades
utilizadas y colmenas en las que se emplea.
6. La autoridad competente podrá, en el ejercicio de sus competencias, establecer
cuantos controles estime necesarios para asegurar el cumplimiento de la presente
resolución.
Cuarto. Efectos.
Lo dispuesto en la presente resolución tendrá efecto a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00267461
Sevilla, 5 de septiembre de 2022.- La Directora General, Carmen Cristina de Toro Navero.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja