3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/173-21)
Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se determina el desarrollo de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los proyectos de formación para el curso 2022/2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 173 - Jueves, 8 de septiembre de 2022
página 14104/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Tecnologías
Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se determina el desarrollo
de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el
III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de
los proyectos de formación para el curso 2022/2023.
El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente
del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz
de Formación Permanente del Profesorado, establece en su artículo 16.1 que el Plan
Andaluz de Formación Permanente del Profesorado constituye el documento que
establece las líneas estratégicas de actuación en materia de formación del profesorado,
de acuerdo con los intereses y prioridades educativas de cada momento. En este sentido,
el III Plan Andaluz de Formación del Profesorado, aprobado por Orden de 31 de julio de
2014, con carácter plurianual, determina dichas líneas estratégicas.
Asimismo, el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, en su artículo 16.5 establece que
la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación del
profesorado determinará por resolución, antes del comienzo de cada curso escolar, el
desarrollo de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación Permanente del
Profesorado, para dicho curso escolar.
Dicho decreto establece, por otra parte, que anualmente, los Centros del Profesorado
concretarán en su Proyecto de Formación las actuaciones derivadas del desarrollo de
las líneas estratégicas de dicho Plan y de las necesidades formativas de los planes
de formación del profesorado de los centros docentes de su zona de actuación. Las
acciones formativas se basarán preferentemente en el análisis, la reflexión y la mejora
de la práctica docente y de la organización de los centros a través de metodologías, de
investigación y acción con implicación directa de todos los participantes en ellas, y serán
los centros y las aulas principalmente los ámbitos ordinarios para el desarrollo de las
actividades de formación permanente.
En su virtud, esta Dirección General, en ejercicio de las competencias atribuidas
por el Decreto 154/2022, de 9 de agosto de 2022, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
RESU ELV E
Línea I. La formación del profesorado vinculada a la mejora de las prácticas
educativas, al rendimiento y el éxito educativo de todo el alumnado.
1. La organización del currículo basado en las competencias clave.
- Asesoramiento para el desarrollo del marco normativo derivado de la LOMLOE, así
como la nueva estructura curricular.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267384
Primero. Concreción de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del
Profesorado para el curso 2022/2023.
Los centros del profesorado para la elaboración del Proyecto de Formación del curso
2022/2023, además de dar continuidad a las líneas iniciadas en los anteriores cursos
escolares, tendrán fundamentalmente en cuenta la concreción de las líneas estratégicas
del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado que se indican a continuación:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 173 - Jueves, 8 de septiembre de 2022
página 14104/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Tecnologías
Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se determina el desarrollo
de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el
III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de
los proyectos de formación para el curso 2022/2023.
El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente
del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz
de Formación Permanente del Profesorado, establece en su artículo 16.1 que el Plan
Andaluz de Formación Permanente del Profesorado constituye el documento que
establece las líneas estratégicas de actuación en materia de formación del profesorado,
de acuerdo con los intereses y prioridades educativas de cada momento. En este sentido,
el III Plan Andaluz de Formación del Profesorado, aprobado por Orden de 31 de julio de
2014, con carácter plurianual, determina dichas líneas estratégicas.
Asimismo, el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, en su artículo 16.5 establece que
la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación del
profesorado determinará por resolución, antes del comienzo de cada curso escolar, el
desarrollo de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación Permanente del
Profesorado, para dicho curso escolar.
Dicho decreto establece, por otra parte, que anualmente, los Centros del Profesorado
concretarán en su Proyecto de Formación las actuaciones derivadas del desarrollo de
las líneas estratégicas de dicho Plan y de las necesidades formativas de los planes
de formación del profesorado de los centros docentes de su zona de actuación. Las
acciones formativas se basarán preferentemente en el análisis, la reflexión y la mejora
de la práctica docente y de la organización de los centros a través de metodologías, de
investigación y acción con implicación directa de todos los participantes en ellas, y serán
los centros y las aulas principalmente los ámbitos ordinarios para el desarrollo de las
actividades de formación permanente.
En su virtud, esta Dirección General, en ejercicio de las competencias atribuidas
por el Decreto 154/2022, de 9 de agosto de 2022, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
RESU ELV E
Línea I. La formación del profesorado vinculada a la mejora de las prácticas
educativas, al rendimiento y el éxito educativo de todo el alumnado.
1. La organización del currículo basado en las competencias clave.
- Asesoramiento para el desarrollo del marco normativo derivado de la LOMLOE, así
como la nueva estructura curricular.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267384
Primero. Concreción de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del
Profesorado para el curso 2022/2023.
Los centros del profesorado para la elaboración del Proyecto de Formación del curso
2022/2023, además de dar continuidad a las líneas iniciadas en los anteriores cursos
escolares, tendrán fundamentalmente en cuenta la concreción de las líneas estratégicas
del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado que se indican a continuación: