3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Consumo. (2022/170-37)
Resolución de 31 de agosto de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que encomienda a las Delegaciones Territoriales de Huelva, Málaga y Jaén, de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, de conformidad con el artículo 105 de la Ley de Administración de la Junta de Andalucía, la gestión de actividades de carácter material y técnico para la supervisión de proyectos de obras de infraestructuras sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 5 de septiembre de 2022
página 13968/3
de Huelva, Málaga y Jaén de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía,
la realización de las actividades que resulten necesarias para la supervisión de proyectos
de obra relacionados con la puesta en marcha de infraestructuras de Centros y Servicios
Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
Segundo. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.
La presente encomienda tiene carácter administrativo y se desarrollará con medios
materiales y humanos propios de las Delegaciones Territoriales.
Tercero. Régimen de competencias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, esta encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de la competencia
ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano
encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o
en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda, así como la
de proporcionar información cuantitativa y cualitativa sobre las acciones desarrolladas y
ejecutadas.
Cuarto. Importe: No implica gastos.
La presente encomienda se ejecutará con medios materiales y humanos propios de
las Delegaciones Territoriales, sin necesidad de acudir a contrataciones externas, por lo
que no implica gasto alguno para dichos órganos.
Sexto. Propiedad de los trabajos.
Esta encomienda no supone la concesión, expresa o implícita, de derecho alguno
respecto a la propiedad intelectual de los documentos elaborados bajo su amparo. Los
resultados de los trabajos efectuados por el personal de las Delegaciones Territoriales
al amparo del presente documento serán propiedad del Servicio Andaluz de Salud a
todos los efectos, viniendo las referidas Delegaciones Territoriales obligadas a utilizarlos
únicamente en el ámbito de su relación con el Servicio Andaluz de Salud, así como a
guardar absoluta confidencialidad sobre ellos y sobre los datos facilitados para su
elaboración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267252
Quinto. Mecanismos de control y evaluación del desarrollo de la actividad encomendada.
La asignación de las tareas correspondiente a una actuación se realizará por medio
de oficio remitido por la persona titular de la Dirección General de Gestión Económica
y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, donde se especificarán con claridad las
tareas de asistencia y apoyo que se requieran, acompañándose del expediente y
cuantos documentos y datos fueran necesarios para la correcta ejecución de las tareas
encomendadas.
La asignación de tareas se realizará con antelación suficiente y señalando un plazo
razonable para la correcta realización de la misma.
La remisión al centro directivo encomendante de los documentos a que haya dado
lugar la encomienda de gestión se realizará por medio de oficio de la persona titular de la
Delegación Territorial.
Todas las tareas de apoyo y asistencia objeto de la presente encomienda se realizarán
desde las instalaciones de las Delegaciones Territoriales y con los medios materiales
de estas.
La asignación y organización de estas tareas de apoyo y asistencia se realizarán siempre
respetando el buen funcionamiento de las Delegaciones Territoriales y produciendo el
menor menoscabo posible en el buen desenvolvimiento de su normal actividad.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 5 de septiembre de 2022
página 13968/3
de Huelva, Málaga y Jaén de la Consejería de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía,
la realización de las actividades que resulten necesarias para la supervisión de proyectos
de obra relacionados con la puesta en marcha de infraestructuras de Centros y Servicios
Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
Segundo. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.
La presente encomienda tiene carácter administrativo y se desarrollará con medios
materiales y humanos propios de las Delegaciones Territoriales.
Tercero. Régimen de competencias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, esta encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de la competencia
ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del órgano
encomendante dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o
en los que se integre la concreta actividad material objeto de encomienda, así como la
de proporcionar información cuantitativa y cualitativa sobre las acciones desarrolladas y
ejecutadas.
Cuarto. Importe: No implica gastos.
La presente encomienda se ejecutará con medios materiales y humanos propios de
las Delegaciones Territoriales, sin necesidad de acudir a contrataciones externas, por lo
que no implica gasto alguno para dichos órganos.
Sexto. Propiedad de los trabajos.
Esta encomienda no supone la concesión, expresa o implícita, de derecho alguno
respecto a la propiedad intelectual de los documentos elaborados bajo su amparo. Los
resultados de los trabajos efectuados por el personal de las Delegaciones Territoriales
al amparo del presente documento serán propiedad del Servicio Andaluz de Salud a
todos los efectos, viniendo las referidas Delegaciones Territoriales obligadas a utilizarlos
únicamente en el ámbito de su relación con el Servicio Andaluz de Salud, así como a
guardar absoluta confidencialidad sobre ellos y sobre los datos facilitados para su
elaboración.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267252
Quinto. Mecanismos de control y evaluación del desarrollo de la actividad encomendada.
La asignación de las tareas correspondiente a una actuación se realizará por medio
de oficio remitido por la persona titular de la Dirección General de Gestión Económica
y Servicios del Servicio Andaluz de Salud, donde se especificarán con claridad las
tareas de asistencia y apoyo que se requieran, acompañándose del expediente y
cuantos documentos y datos fueran necesarios para la correcta ejecución de las tareas
encomendadas.
La asignación de tareas se realizará con antelación suficiente y señalando un plazo
razonable para la correcta realización de la misma.
La remisión al centro directivo encomendante de los documentos a que haya dado
lugar la encomienda de gestión se realizará por medio de oficio de la persona titular de la
Delegación Territorial.
Todas las tareas de apoyo y asistencia objeto de la presente encomienda se realizarán
desde las instalaciones de las Delegaciones Territoriales y con los medios materiales
de estas.
La asignación y organización de estas tareas de apoyo y asistencia se realizarán siempre
respetando el buen funcionamiento de las Delegaciones Territoriales y produciendo el
menor menoscabo posible en el buen desenvolvimiento de su normal actividad.