3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2022/164-3)
Resolución de 8 de agosto de 2022, de la Viceconsejería, por la que se publica el Convenio suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
53 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
FIRMADO por : BRAVO BAENA, JUAN. A fecha: 29/12/2021 03:13 PM
FIRMADO por : PARDO DE VERA POSADA, ISABEL. SECRETARIA DE ESTADO DE TRANSPORTES MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. A fecha: 30/12/2021 12:40 PM
Total folios: 55 (16 de 55) - Código Seguro de Verificación: MFOM02SCAE214F5E5305FFDE290E
Verificable en https://sede.mitma.gob.es
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Viernes, 26 de agosto de 2022
página 13589/17
Hacer constar la participación de las distintas instituciones intervinientes en cuanta
información pública se edite por cualquier medio, incluidos los medios electrónicos.
Las mismas instrucciones serán aplicables para toda la documentación resultante de la
ejecución de las obras y de la justificación y control de los fondos recibidos, así como
cualesquiera otra dirigida a los beneficiarios del Plan deberán expresar que estas están
financiadas con cargo a fondos de la UE.
Asimismo, se establece la obligación de instalar placas o identificativos en el exterior de los
edificios en las cuales se incluyan la referencia a la financiación con cargo a fondos de la UE.
En particular, la referida información constará en los carteles exteriores descriptivos de las
obras, en los que figurará, además, el importe de la financiación aportada, con una
tipografía y tamaño igual, a los empleados para referirse a la participación de la Comunidad
Autónoma. A tal efecto, el MITMA facilitará el correspondiente modelo en formato digital.
Los sistemas y pautas de información pública corporativa de ambas Administraciones, por
lo que se refiere a las actuaciones del PIREP, se acordarán en el marco de la Comisión
Bilateral de Seguimiento.
El destinatario último de las Medidas informará al público del apoyo obtenido de los fondos
europeos haciendo una breve descripción de la operación en su sitio de Internet, en caso
de que disponga de uno, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus
objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión.
En su caso, además, deberá cumplir con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, respecto a las
obligaciones de publicidad de los fondos objeto de este convenio
8. Conservar de la documentación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.f) del
Reglamento (UE) 2021/241.
Decimoprimera. Metodología de justificación. Documentación.
De acuerdo con el desarrollo previsto del apartado 2 del artículo 46 del Real Decreto-ley
36/2020, por el apartado 6 del mismo artículo, quedan recogidas en las Órdenes Ministeriales
HFP 1030/2021 Y 1031/2021 de 29 de septiembre, el procedimiento y formato de la información
a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de
las Actuaciones de los componentes del PRTR.
La fiscalización y control de la aplicación de los fondos de la UE, así como la adecuada
justificación de los mismos, corresponderá al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, como órgano concedente. La presentación de la documentación se realizará, por parte
de las Comunidades/Ciudades Autónomas ante la Subdirección General de Arquitectura y
Edificación, dependiente de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.
Documentación para remitir con carácter previo a la firma del convenio:
Esta documentación se remitirá a través de la herramienta habilitada a tal efecto por el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, según los modelos del Anexo II:
00266866
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
FIRMADO por : PARDO DE VERA POSADA, ISABEL. SECRETARIA DE ESTADO DE TRANSPORTES MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. A fecha: 30/12/2021 12:40 PM
Total folios: 55 (16 de 55) - Código Seguro de Verificación: MFOM02SCAE214F5E5305FFDE290E
Verificable en https://sede.mitma.gob.es
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Viernes, 26 de agosto de 2022
página 13589/17
Hacer constar la participación de las distintas instituciones intervinientes en cuanta
información pública se edite por cualquier medio, incluidos los medios electrónicos.
Las mismas instrucciones serán aplicables para toda la documentación resultante de la
ejecución de las obras y de la justificación y control de los fondos recibidos, así como
cualesquiera otra dirigida a los beneficiarios del Plan deberán expresar que estas están
financiadas con cargo a fondos de la UE.
Asimismo, se establece la obligación de instalar placas o identificativos en el exterior de los
edificios en las cuales se incluyan la referencia a la financiación con cargo a fondos de la UE.
En particular, la referida información constará en los carteles exteriores descriptivos de las
obras, en los que figurará, además, el importe de la financiación aportada, con una
tipografía y tamaño igual, a los empleados para referirse a la participación de la Comunidad
Autónoma. A tal efecto, el MITMA facilitará el correspondiente modelo en formato digital.
Los sistemas y pautas de información pública corporativa de ambas Administraciones, por
lo que se refiere a las actuaciones del PIREP, se acordarán en el marco de la Comisión
Bilateral de Seguimiento.
El destinatario último de las Medidas informará al público del apoyo obtenido de los fondos
europeos haciendo una breve descripción de la operación en su sitio de Internet, en caso
de que disponga de uno, de manera proporcionada al nivel de apoyo prestado, con sus
objetivos y resultados, y destacando el apoyo financiero de la Unión.
En su caso, además, deberá cumplir con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, respecto a las
obligaciones de publicidad de los fondos objeto de este convenio
8. Conservar de la documentación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22.2.f) del
Reglamento (UE) 2021/241.
Decimoprimera. Metodología de justificación. Documentación.
De acuerdo con el desarrollo previsto del apartado 2 del artículo 46 del Real Decreto-ley
36/2020, por el apartado 6 del mismo artículo, quedan recogidas en las Órdenes Ministeriales
HFP 1030/2021 Y 1031/2021 de 29 de septiembre, el procedimiento y formato de la información
a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de
las Actuaciones de los componentes del PRTR.
La fiscalización y control de la aplicación de los fondos de la UE, así como la adecuada
justificación de los mismos, corresponderá al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, como órgano concedente. La presentación de la documentación se realizará, por parte
de las Comunidades/Ciudades Autónomas ante la Subdirección General de Arquitectura y
Edificación, dependiente de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.
Documentación para remitir con carácter previo a la firma del convenio:
Esta documentación se remitirá a través de la herramienta habilitada a tal efecto por el
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, según los modelos del Anexo II:
00266866
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja