3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2022/164-3)
Resolución de 8 de agosto de 2022, de la Viceconsejería, por la que se publica el Convenio suscrito entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la ejecución del Programa de Impulso a la Rehabilitación de Edificios Públicos.
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Número 164 - Viernes, 26 de agosto de 2022

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actuaciones estarán sujetas al principio de «no causar un perjuicio significativo» (principio
DNSH por sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm») y las condiciones del etiquetado
climático y digital. Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas
previstas en el Componente 2, así como en la medida I.5 en la que se enmarcan dichos
proyectos, tanto en lo referido al principio DNSH, como al etiquetado climático y digital, y
especialmente las recogidas en el anexo a la CID y en los apartados 3, 6 y 8 del documento
del Componente del Plan.
Para ello, la Comunidad/Ciudad Autónoma preverá mecanismos de verificación del
cumplimiento del principio DNSH y medidas correctoras para asegurar su implementación.
2.

En relación con las obligaciones de control, seguimiento de la ejecución y reingreso de
fondos, se establece el sometimiento a las disposiciones comunitarias sobre el MRR y en
particular en lo relativo a:
a. Obligación de asegurar la regularidad del gasto subyacente y adoptar medidas dirigidas
a evitar el fraude, conflicto de intereses y doble financiación.
b. Obligación de mantenimiento de la pista de auditoría. Establecimiento de la
trazabilidad de cada una de las actuaciones y cada uno de los preceptores finales de
los fondos, así como disponer de un sistema que permita calcular y seguir los objetivos
cuyo nivel de consecución debe reportar la Comunidad Autónoma.
c. Contribución a la fiabilidad del sistema en general y del sistema de seguimiento de
indicadores del cumplimiento de hitos y objetivos y de seguimiento del coste estimado
en particular.
d. Obligación de comunicación sobre la financiación comunitaria de las medidas incluidas
en el MRR.
e. Conservar los documentos de conformidad con el artículo 132 del Reglamento
Financiero.

3.

Con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el artículo 22 del
Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión toda entidad,
decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer
de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su
respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de
conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención,
detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

4.

De conformidad con la letra d) del apartado 2 del artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 se exige la identificación
del perceptor final de fondos: beneficiarios de las ayudas, contratistas y subcontratistas. A
tal efecto, y conforme a la orden HFP 1030/2021 de 29 de septiembre, la
Comunidad/Ciudad Autónoma suscriptora del presente Convenio deberá recabar y hacer

00266866

FIRMADO por : BRAVO BAENA, JUAN. A fecha: 29/12/2021 03:13 PM
FIRMADO por : PARDO DE VERA POSADA, ISABEL. SECRETARIA DE ESTADO DE TRANSPORTES MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. A fecha: 30/12/2021 12:40 PM
Total folios: 55 (14 de 55) - Código Seguro de Verificación: MFOM02SCAE214F5E5305FFDE290E
Verificable en https://sede.mitma.gob.es

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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