3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/162-22)
Resolución de 5 de agosto de 2022, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se convocan los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, correspondientes al curso académico 2021/2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 162 - Miércoles, 24 de agosto de 2022

página 13570/3

Doña Manuela María Robles Chacón. Inspección General de Educación.
Doña Rosa María Pérez Galafate. Inspección General de Educación (Suplente).
Don Francisco José Luque Canalejo. Director del Instituto Provincial de Educación
Permanente de Sevilla.
Doña María Jesús Tamayo Moreno. Directora del Instituto Provincial de Educación
Permanente de Granada (Suplente).
Doña M.ª del Carmen Torres Beldarrain. Directora del IES La Granja de Jerez de la
Frontera, (Cádiz).
Don Francisco Aguilera López. Director del IES Virgen del Carmen, Jaén (Suplente).
Don Manuel Salas Medrano. Profesor del IES Doñana de Almonte, Huelva.
Don Juan Pedro Toledano Santiago. Profesor del IES El Palmeral de Vera, Almería
(Suplente).
Doña María José Mosquera Castiñeira. Profesora de Educación Secundaria del IES
Carmen Pantión de Priego de Córdoba, Córdoba.
Doña Carmen Lomas Trujillo. Profesora del IES Ciudad de Coín, Málaga (Suplente).
c) Secretaría:
Don Raúl Tolosa González. Funcionario en la Dirección General de Ordenación y
Evaluación Educativa.
Don Juan de Dios Torres Pérez. Funcionario de la Dirección General de Ordenación y
Evaluación Educativa (Suplente).
2. Los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación Secundaria
Obligatoria para personas adultas se concederán según los criterios establecidos en el
artículo 8 de la Orden de 1 de marzo de 2018.
Quinto. Efectos de la obtención de los premios extraordinarios.
Las personas premiadas recibirán, además de la dotación económica prevista en
esta convocatoria, un diploma acreditativo de tal distinción, que será consignada en
los documentos oficiales de evaluación, anotada en sus expedientes académicos y se
hará constar en las certificaciones académicas que se emitan, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 13.6 de la Orden de 28 de diciembre de 2017.
Sexto. Difusión y supervisión.
1. Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales competentes en materia de
educación darán traslado de la presente convocatoria a todos los centros docentes a los
que resulta de aplicación.
2. Las personas titulares de los centros docentes que imparten enseñanzas de
Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas adoptarán las medidas
necesarias para que la presente convocatoria sea conocida por toda su comunidad
educativa.
3. La Inspección Educativa velará por el cumplimiento de lo establecido en la presente
resolución.

Sevilla, 5 de agosto de 2022.- La Directora General, Aurora M.ª Auxiliadora Morales
Martín.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00266851

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer en
el plazo de un mes contado a partir deldía siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría
General de Educación y Formación Profesional, de conformidad con lo previsto en
los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.