3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/162-22)
Resolución de 5 de agosto de 2022, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se convocan los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, correspondientes al curso académico 2021/2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 162 - Miércoles, 24 de agosto de 2022

página 13570/2

Obligatoria para personas adultas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y se
establece el procedimiento para su concesión, podrá participar en el procedimiento de
concesión de estos premios el alumnado que reúna los siguientes requisitos:
1. Estar matriculado en el Nivel II de Educación Secundaria Obligatoria para personas
adultas en cualquiera de sus modalidades, presencial, semipresencial o a distancia,
en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el curso académico
2021/2022 y ser propuesto por el equipo docente para la expedición del título de Graduado
en Educación Secundaria Obligatoria en dicho curso.
2. Ser designado por la persona titular de la dirección del centro docente como
persona merecedora de un especial reconocimiento por el esfuerzo, la dedicación y
el afán de superación demostrados a lo largo de la etapa, para vencer las dificultades
personales, educativas o de entorno familiar y sociocultural.

Cuarto. Jurado y criterios para la valoración de las propuestas.
1. El jurado para la valoración de los expedientes del alumnado candidato estará
compuesto por:
a) Presidencia:
Don Sergio Morilla Pineda. Jefe del Servicio de Educación Permanente.
Doña Carmen Pilar García Montes. Jefa del Servicio de Ordenación de Enseñanzas
de Régimen General (Suplente).
b) Vocalías:
Don Manuel Zulueta Castañeda. Inspección General de Educación.
Don José Francisco Pérez Aguilar. Inspección General de Educación (Suplente).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00266851

Tercero. Presentación de candidaturas y calendario del procedimiento.
1. La propuesta de las personas candidatas para la obtención de los Premios al
esfuerzo y a la superación personal en Educación Secundaria Obligatoria para personas
adultas será realizada por las personas titulares de la dirección de los centros docentes
públicos de Andalucía conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 1 de
marzo de 2018.
2. El calendario de presentación de solicitudes será el siguiente:
a) El día 5 de septiembre de 2022, la dirección de los centros docentes de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyo alumnado cumpla los requisitos, publicará en
el tablón de anuncios de su centro la relación de personas candidatas para optar a los
premios, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Orden de 1 de marzo de
2018, y ajustada al modelo que se recoge como Anexo I de la misma, sin perjuicio de la
notificación telemática a las personas interesadas.
b) En los cinco días siguientes a la publicación de dicha relación, antes de las 24:00
horas del 12 de septiembre de 2022, el alumnado que figure en ella y que esté conforme
con ser propuesto como candidato, o en su caso las personas que ejerzan la tutela legal,
cuando la persona candidata fuese menor de edad, comunicarán a la dirección del centro
docente correspondiente su conformidad o autorización para que la persona propuesta
sea candidata a optar a los premios, mediante la cumplimentación y entrega del modelo
que se incluye como Anexo II de la citada orden.
c) En los cinco días siguientes a este plazo, antes de las 24:00 horas del 19 de
septiembre de 2022, la dirección de los centros docentes presentará a través del sistema
de información Séneca la relación del alumnado finalmente propuesto como candidato
para la obtención de los premios al esfuerzo y a la superación personal en Educación
Secundaria Obligatoria para personas adultas, conforme al Anexo III, acompañado del
Anexo IV y resto de documentación referida en el artículo 5.5 de la Orden de 1 de marzo
de 2018, así como de los Anexos I y II de la misma.
d) Los plazos de instrucción y resolución del procedimiento serán los establecidos en
el artículo 6 de la Orden de 1 de marzo de 2018.