5. Anuncios. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/159-18)
Anuncio de 10 de agosto de 2022, de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, por el que se da publicidad a Resolución de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga, sobre recogida de setas en los terrenos forestales de la provincia.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 159 - Viernes, 19 de agosto de 2022

página 13444/2

Tercero. Bajo determinadas condiciones, la recogida de setas para autoconsumo
no entraña un riesgo de desaparición para sus poblaciones locales ni tampoco un
menoscabo de los valores ecológicos y protectores de nuestros montes.
Cuarto. La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Málaga es competente
para emitir esta resolución de conformidad con lo dispuesto en la Ley 8/2003, Ley
2/92, Forestal de Andalucía, y Reglamento que la desarrolla (Decreto 208/97), así
como en el Decreto del Presidente 3/2020, de 3 septiembre, de Vicepresidencia
y sobre reestructuración de Consejerías, y en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero,
que establece la estructura orgánica, corresponde a la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible el ejercicio de las competencias atribuidas a
la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de medio ambiente. Por la disposición
adicional novena del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la
organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, a la
Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible se le adscriben los servicios periféricos
de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en materia de
Medio Ambiente y Cambio Climático.
Por consiguiente,
RESU ELVO

1. Se entiende por pequeñas cantidades de setas las recolectadas para autoconsumo
que no superen los tres kilogramos de peso por persona y día.
2. La recogida no conllevará alteración de la capa superficial del suelo. Se prohíbe
expresamente el empleo de herramientas como rastrillos, escardillas, azadas u otros
utensilios que remuevan el mantillo del suelo produciendo daños en el micelio de los
hongos, lo que puede impedir la aparición de nuevos ejemplares en el futuro.
3. No se permite la recolección de setas inmaduras y deberán respetarse las no
comestibles, las que no se conozcan o no vayan a recolectarse por estar en mal estado
o pasadas. No obstante lo anterior, podrán recogerse otras especies o ejemplares de las
comestibles en otros estados y tamaños, con fines científicos, medicinales, divulgativos
u otros relacionados con su conservación previa autorización de la Delegación de
Desarrollo Sostenible.
4. Se prohíbe la recogida de setas durante las horas nocturnas de acuerdo a los
horarios de salida y puesta de sol indicados por el Instituto Geográfico Nacional para la
provincia de Málaga que pueden ser consultadas en la página web
http://astronomia.ign.es/hora-salidas-y-puestas-de-sol
En consecuencia no está permitido el empleo de linternas, ni otras fuentes de luz artificial.
5. El traslado y almacenamiento de las setas dentro del monte deberá ser realizado
en cestas o recipientes de mimbre, paja, caña u otros materiales que por su estructura
permitan la dispersión de las esporas.
6. La recogida en pequeñas cantidades será gratuita en los montes públicos
pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Andalucía en la provincia de Málaga,
y no requerirá autorización salvo en las Zonas de Reserva de los Espacios Naturales
Protegidos y cuando expresamente se advierta de lo contrario en el Plan Anual de
Aprovechamientos.
7. La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible podrá restringir temporalmente
el libre acceso a los montes públicos de titularidad de la Comunidad Autónoma para la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00266729

Que la recogida de pequeñas cantidades de setas en los terrenos forestales de la
provincia de Málaga no precisa autorización de esta Delegación Territorial, siempre que
se realice bajo el siguiente condicionado: