Disposiciones generales. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. (2022/528-7)
Decreto 158/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 28 - Jueves, 11 de agosto de 2022

página 13189/3

2. Asimismo, la persona titular de la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación formará parte de la Comisión Delegada para la Igualdad, las Políticas Sociales,
la Conciliación y la Inmigración, de la Comisión Delegada para la Estabilidad Presupuestaria
y la Sostenibilidad Financiera y de la Comisión Delegada para la Agenda 2030.
Todo ello, de conformidad con lo previsto en el Decreto 484/2019, de 4 de junio, por
el que se regula la composición y funciones de las Comisiones Delegadas del Gobierno.

Artículo 3. Régimen de suplencias.
El régimen de suplencia que, a tenor de las habilitaciones contenidas en los artículos
13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 109 de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, será el
siguiente:
1. La suplencia de la persona titular de la Consejería será ejercida por la persona titular
de la Viceconsejería, salvo lo establecido en los artículos 10.1.j) y 23 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. En caso de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular de la
Viceconsejería o de las Secretarías Generales, serán suplidas por la persona titular de
alguna de las Secretarías Generales, según el orden establecido en el artículo 2.1.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00266474

Artículo 2. Organización general de la Consejería.
1. La Consejería de Universidad, Investigación e Innovación, bajo la superior dirección
de su titular, se estructura para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos
directivos centrales:
a) Viceconsejería.
b) Secretaría General de Universidades.
c) Secretaría General de Investigación e Innovación.
d) Secretaría General Técnica.
e) Dirección General de Fomento del Emprendimiento y la Formación Continua.
f) Dirección General de Coordinación Universitaria.
g) Dirección General de Planificación de la Investigación.
h) Dirección General de Fomento de la Innovación.
2. La Consejería gestionará las competencias de los servicios periféricos que le
corresponden a través de la organización territorial que se determine.
3. Sin perjuicio de lo establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, quedan adscritas a la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación las
siguientes entidades:
a) Agencia para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA).
b) Agencia Andaluza del Conocimiento, en extinción.
c) Parque Científico y Tecnológico Cartuja, S.A.
d) Parque Tecnológico y Aeronáutico de Andalucía, S.L. (AERÓPOLIS), que también
se adscribe a la Consejería de Política Industrial y Energía, a los efectos del fomento y la
promoción de las actividades aeroespaciales.
e) Fundación Pública Andaluza Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud de Granada.
f) Parque Tecnológico de Andalucía, S.A.
4. Quedan asimismo adscritos a la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación, entre otros:
a) El Consejo Andaluz de Universidades.
b) La Comisión Interdepartamental para la Cultura Emprendedora.
c) Consejo Asesor de Estudiantes Universitarios de Andalucía.
5. Para el apoyo y asistencia inmediata a la persona titular de la Consejería existirá
un Gabinete, cuya composición será establecida de acuerdo con lo dispuesto en la
normativa específica vigente.