Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/528-6)
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 28 - Jueves, 11 de agosto de 2022
página 13181/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
establece el reparto competencial de las Consejerías que forman parte de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el fin de acompasar su
actividad con la ejecución del conjunto de políticas públicas que conforman el programa
político del Gobierno, buscando la máxima eficiencia posible en el empleo de los recursos
públicos para hacer frente a las circunstancias de orden político, económico y social en
las que se encuentra en la actualidad la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De esta forma establece en su artículo 7 que corresponden a la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural las competencias que hasta ese momento tenía
atribuidas la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, salvo
las competencias en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible. Posteriormente
mediante Decreto 13/2022, de 8 de agosto, se modifica el nombre de la Consejería que
pasa a denominarse Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
En consecuencia, resulta necesario realizar la determinación de la estructura
orgánica de la nueva Consejería, así como de las funciones que corresponden a sus
órganos directivos en aras de la mejor gestión de las competencias asignadas.
Con esa finalidad, en el presente decreto, se procede a distribuir determinadas
competencias, destacando la asignación a esta Consejería de las competencias en
materia de agua que hasta este momento venían correspondiendo a las Consejerías
competentes en materia de medio ambiente. Sin embargo, la importancia del uso
de este recurso para la agricultura y su vinculación a la política en materia de obras
de transformación, modernización y consolidación de regadíos y para el ahorro y uso
eficiente del agua, hacen necesario esta nueva distribución de competencias y la creación
de una Secretaría General del Agua a los efectos de coordinar las políticas públicas en
dicha materia y supervisar el ejercicio de las competencias que a su vez corresponden a
las Direcciones Generales de Recursos Hídricos, y de Infraestructuras del Agua.
De conformidad con lo establecido en el artículo 27.18 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 24.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, corresponde
al Consejo de Gobierno aprobar la estructura orgánica de las Consejerías.
Por último, este decreto ha sido tramitado con respeto a los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, de conformidad
con lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00266466
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, al amparo de lo previsto en el artículo 21.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de
Gobierno, en su reunión del día 9 de agosto de 2022,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 28 - Jueves, 11 de agosto de 2022
página 13181/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
establece el reparto competencial de las Consejerías que forman parte de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía con el fin de acompasar su
actividad con la ejecución del conjunto de políticas públicas que conforman el programa
político del Gobierno, buscando la máxima eficiencia posible en el empleo de los recursos
públicos para hacer frente a las circunstancias de orden político, económico y social en
las que se encuentra en la actualidad la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De esta forma establece en su artículo 7 que corresponden a la Consejería de
Agricultura, Agua y Desarrollo Rural las competencias que hasta ese momento tenía
atribuidas la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, salvo
las competencias en materia de medio ambiente y desarrollo sostenible. Posteriormente
mediante Decreto 13/2022, de 8 de agosto, se modifica el nombre de la Consejería que
pasa a denominarse Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
En consecuencia, resulta necesario realizar la determinación de la estructura
orgánica de la nueva Consejería, así como de las funciones que corresponden a sus
órganos directivos en aras de la mejor gestión de las competencias asignadas.
Con esa finalidad, en el presente decreto, se procede a distribuir determinadas
competencias, destacando la asignación a esta Consejería de las competencias en
materia de agua que hasta este momento venían correspondiendo a las Consejerías
competentes en materia de medio ambiente. Sin embargo, la importancia del uso
de este recurso para la agricultura y su vinculación a la política en materia de obras
de transformación, modernización y consolidación de regadíos y para el ahorro y uso
eficiente del agua, hacen necesario esta nueva distribución de competencias y la creación
de una Secretaría General del Agua a los efectos de coordinar las políticas públicas en
dicha materia y supervisar el ejercicio de las competencias que a su vez corresponden a
las Direcciones Generales de Recursos Hídricos, y de Infraestructuras del Agua.
De conformidad con lo establecido en el artículo 27.18 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 24.1 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, corresponde
al Consejo de Gobierno aprobar la estructura orgánica de las Consejerías.
Por último, este decreto ha sido tramitado con respeto a los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, de conformidad
con lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00266466
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, al amparo de lo previsto en el artículo 21.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de
Gobierno, en su reunión del día 9 de agosto de 2022,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja