Disposiciones generales. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/528-3)
Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 28 - Jueves, 11 de agosto de 2022
página 13179/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
El artículo 4 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, establece que corresponden a la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional las competencias que actualmente tiene atribuidas la Consejería
de Educación y Deporte, salvo las competencias en materia de deporte. Asimismo, se
mantienen las entidades actualmente adscritas a la Consejería de Educación y Deporte,
salvo el Instituto Andaluz del Deporte, el Centro Andaluz de Medicina del Deporte, la
Fundación Andalucía Olímpica y el Tribunal Administrativo del Deporte.
Para la aplicación e impulso de las medidas que se deben desarrollar en este marco,
así como para adecuar el organigrama de la Consejería a la distribución de competencias
establecida en el mencionado Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, se hace
preciso aprobar la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional.
El presente decreto responde a la conveniencia de seguir introduciendo criterios de
eficiencia y racionalización en el ámbito organizativo del sector público andaluz, para
lo que se han reordenado las competencias de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, creándose dos Secretarías Generales, una denominada
de Desarrollo Educativo y otra denominada de Formación Profesional y Tecnologías
Avanzadas. Orgánicamente, dependen de la primera las Direcciones Generales de
Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, la del Profesorado y Gestión de
Recursos Humanos y la de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa.
De la segunda, dependen dos Direcciones Generales, la de Formación Profesional por
un lado, y la de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa por el otro.
Mientras no se proceda a su extinción, el Instituto de Enseñanzas a Distancia de
Andalucía continuará adscrito transitoriamente a la Dirección General de Formación
Profesional. Asimismo, el Consorcio de Ciencia Principia continuará adscrito a la
Consejería a través de la Delegación Territorial en Málaga.
Siendo uno de los objetivos de la Comunidad Autónoma Andaluza el promover una
sociedad igualitaria entre mujeres y hombres, se ha tenido en cuenta la integración
transversal del principio de igualdad de género en el presente decreto, en cumplimiento
de lo establecido en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad
de género en Andalucía.
En la elaboración de la presente norma se han respetado los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En relación a la necesidad y
la eficacia, la iniciativa normativa está justificada debido a la necesidad de aprobar la
estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
se establece una identificación clara de los fines perseguidos y es el instrumento más
adecuado para garantizar su consecución. En relación a la proporcionalidad, la norma
contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir, habiéndose
constatado que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos, o que
impongan menos obligaciones a los destinatarios. En cuanto a la seguridad jurídica,
se ejerce la iniciativa normativa de manera coherente con el resto del ordenamiento
jurídico y de acuerdo a la distribución de competencias establecida en el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías. En cuanto a la
transparencia, con arreglo a la normativa vigente en la materia, esta disposición y todo el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266463
Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 28 - Jueves, 11 de agosto de 2022
página 13179/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
El artículo 4 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de Consejerías, establece que corresponden a la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional las competencias que actualmente tiene atribuidas la Consejería
de Educación y Deporte, salvo las competencias en materia de deporte. Asimismo, se
mantienen las entidades actualmente adscritas a la Consejería de Educación y Deporte,
salvo el Instituto Andaluz del Deporte, el Centro Andaluz de Medicina del Deporte, la
Fundación Andalucía Olímpica y el Tribunal Administrativo del Deporte.
Para la aplicación e impulso de las medidas que se deben desarrollar en este marco,
así como para adecuar el organigrama de la Consejería a la distribución de competencias
establecida en el mencionado Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, se hace
preciso aprobar la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional.
El presente decreto responde a la conveniencia de seguir introduciendo criterios de
eficiencia y racionalización en el ámbito organizativo del sector público andaluz, para
lo que se han reordenado las competencias de la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional, creándose dos Secretarías Generales, una denominada
de Desarrollo Educativo y otra denominada de Formación Profesional y Tecnologías
Avanzadas. Orgánicamente, dependen de la primera las Direcciones Generales de
Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, la del Profesorado y Gestión de
Recursos Humanos y la de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa.
De la segunda, dependen dos Direcciones Generales, la de Formación Profesional por
un lado, y la de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa por el otro.
Mientras no se proceda a su extinción, el Instituto de Enseñanzas a Distancia de
Andalucía continuará adscrito transitoriamente a la Dirección General de Formación
Profesional. Asimismo, el Consorcio de Ciencia Principia continuará adscrito a la
Consejería a través de la Delegación Territorial en Málaga.
Siendo uno de los objetivos de la Comunidad Autónoma Andaluza el promover una
sociedad igualitaria entre mujeres y hombres, se ha tenido en cuenta la integración
transversal del principio de igualdad de género en el presente decreto, en cumplimiento
de lo establecido en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad
de género en Andalucía.
En la elaboración de la presente norma se han respetado los principios de buena
regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En relación a la necesidad y
la eficacia, la iniciativa normativa está justificada debido a la necesidad de aprobar la
estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
se establece una identificación clara de los fines perseguidos y es el instrumento más
adecuado para garantizar su consecución. En relación a la proporcionalidad, la norma
contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir, habiéndose
constatado que no existen otras medidas menos restrictivas de derechos, o que
impongan menos obligaciones a los destinatarios. En cuanto a la seguridad jurídica,
se ejerce la iniciativa normativa de manera coherente con el resto del ordenamiento
jurídico y de acuerdo a la distribución de competencias establecida en el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías. En cuanto a la
transparencia, con arreglo a la normativa vigente en la materia, esta disposición y todo el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266463
Decreto 154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.