3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/129-28)
Resolución de 3 de julio de 2022, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Urbaser Medio Ambiente, S.A., adjudicataria del servicio de Recepción y Reciclaje en la localidad de El Puerto de Santa María (Cádiz), mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Jueves, 7 de julio de 2022

página 11138/3

Cuarto. La población a la que presta servicio la empresa, 83.100 habitantes, que se
incrementa notablemente en los meses de verano.
Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio entre
los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el efectivo
ejercicio de la huelga, el contenido de la mencionada propuesta es el que consta en
el anexo, regulación que se establece de conformidad con lo que disponen las normas
aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del Estatuto de Autonomía
para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo;
Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios
de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo; Decreto
del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías; del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, modificado por
el Decreto 115/2020, de 8 de septiembre; y del Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el
que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
RESU ELVO
Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el anexo de esta resolución,
para regular la situación de huelga convocada en la empresa Urbaser Medio Ambiente,
S.A., que presta el servicio de recogida selectiva y el tratamiento de residuos, que incluye
la Planta de clasificación de envases ligeros (punto limpio), papel, cartón y vidrio en el
municipio de El Puerto de Santa María (Cádiz). La huelga se llevará a cabo a partir de
las 00:00 del día 11 de julio de 2022, con carácter indefinido y parcial, afectando a todos
los trabajadores de la empresa que prestan sus servicios en el centro de trabajo del
municipio afectado.
Segundo. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para
el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados
ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre
relaciones de trabajo.
Tercero. Lo dispuesto en los apartados anteriores no supondrá limitación alguna de
los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha
situación, ni tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Cuarto. La presente resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su
posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 3 de julio de 2022.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.
A NE XO
- El 25% de los trabajadores de la plantilla habitual dedicada a estas funciones, con
los medios mecánicos necesarios para ello.
Corresponde a la empresa, con la participación del comité de huelga, la facultad de
designar las personas trabajadoras que deban efectuar los servicios mínimos, velar por el
cumplimiento de los mismos y la organización del trabajo correspondiente a cada una de
ellas, sin perjuicio del ejercicio de la correspondiente competencia del Ayuntamiento del
titular del servicio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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SERVICIOS MÍNIMOS (EXPTE. H 59/2022 DGTBL)