Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/121-1)
Orden de 13 de junio de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Lunes, 27 de junio de 2022
página 10477/8
la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. La
convocatoria cuenta con un presupuesto total máximo de 12.604.168,00 euros.
La partida presupuestaria a la que se imputarán las ayudas correspondientes a esta
convocatoria será la 1300188141 G/51D/ 76300/00 MR02050102 2021001128, distribuida
en las siguientes anualidades:
4. Excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima
dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de
subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria en aplicación del artículo 10.d) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. La declaración
de créditos disponibles, que deberá efectuarse por quien efectuó la convocatoria, deberá
publicarse en los mismos medios que ésta, sin que tal publicidad implique la apertura de
un plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para
adoptar y publicar la resolución. La fijación de la cuantía adicional, que podrá ascender
hasta el 150% de la cuantía inicial, se realizará de forma concreta.
En aplicación del artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, la convocatoria podrá
también prever que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten
una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes
que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento
del mismo.
5. Dado que el coste estimado del PRR deberá ser actualizado a los dos años en
caso de revisión de dicho PRR (para tener en cuenta la asignación final del 30%, que se
calculará con los datos a 30 de junio de 2022), la presente contribución financiera queda
supeditada a su posible modificación (así como los hitos y objetivos consecuentemente),
haciéndose notar que una revisión al alza en el coste estimado en una etapa posterior no
constituye una circunstancia objetiva que pueda desencadenar la modificación del PRR.
6. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde le
24 de junio de 2022 a las 9:30 horas; el plazo concluirá a las 17:00 horas del día en que
finalice el plazo de presentación de solicitudes.
7. Cada municipio presentará una sola solicitud, salvo en el caso en el que se soliciten
actuaciones para una o más entidades locales autónomas, que serán presentadas por el
municipio en solicitudes independientes.
Cada solicitud debe definir el destino de la actuación: Reducción de pérdidas en
los sistemas de abastecimiento municipales, incremento en la garantía de suministro o
ambos destinos.
El coste total de cada actuación deberá ser superior a 40.000€ y el coste total de
cada solicitud debe ser inferior a 500.000€
8. Las solicitudes se presentarán, de conformidad con el modelo establecido en el
Anexo II de esta orden, de forma exclusivamente electrónica en el Registro Electrónico
único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de los siguientes enlaces
del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:
Ayudas a los pequeños y medianos municipios para la mejora de la eficiencia, la
reducción de pérdidas en redes de distribución y la reparación y mejora de los depósitos
e instalaciones de potabilización municipios
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25007/como-solicitar.html
9. Las bases de estas ayudas establecidas en la Conferencia Sectorial de Medio
Ambiente celebrada el 15 de junio de 2021 recogidas en el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 6 de julio de 2021 y ratificadas en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00263757
2022: 6.604.168,00 €
2023: 6.000.000,00 €
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Lunes, 27 de junio de 2022
página 10477/8
la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo. La
convocatoria cuenta con un presupuesto total máximo de 12.604.168,00 euros.
La partida presupuestaria a la que se imputarán las ayudas correspondientes a esta
convocatoria será la 1300188141 G/51D/ 76300/00 MR02050102 2021001128, distribuida
en las siguientes anualidades:
4. Excepcionalmente, la convocatoria podrá fijar, además de la cuantía total máxima
dentro de los créditos disponibles, una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de
subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria en aplicación del artículo 10.d) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. La declaración
de créditos disponibles, que deberá efectuarse por quien efectuó la convocatoria, deberá
publicarse en los mismos medios que ésta, sin que tal publicidad implique la apertura de
un plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para
adoptar y publicar la resolución. La fijación de la cuantía adicional, que podrá ascender
hasta el 150% de la cuantía inicial, se realizará de forma concreta.
En aplicación del artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, la convocatoria podrá
también prever que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibiliten
una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes
que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento
del mismo.
5. Dado que el coste estimado del PRR deberá ser actualizado a los dos años en
caso de revisión de dicho PRR (para tener en cuenta la asignación final del 30%, que se
calculará con los datos a 30 de junio de 2022), la presente contribución financiera queda
supeditada a su posible modificación (así como los hitos y objetivos consecuentemente),
haciéndose notar que una revisión al alza en el coste estimado en una etapa posterior no
constituye una circunstancia objetiva que pueda desencadenar la modificación del PRR.
6. Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde le
24 de junio de 2022 a las 9:30 horas; el plazo concluirá a las 17:00 horas del día en que
finalice el plazo de presentación de solicitudes.
7. Cada municipio presentará una sola solicitud, salvo en el caso en el que se soliciten
actuaciones para una o más entidades locales autónomas, que serán presentadas por el
municipio en solicitudes independientes.
Cada solicitud debe definir el destino de la actuación: Reducción de pérdidas en
los sistemas de abastecimiento municipales, incremento en la garantía de suministro o
ambos destinos.
El coste total de cada actuación deberá ser superior a 40.000€ y el coste total de
cada solicitud debe ser inferior a 500.000€
8. Las solicitudes se presentarán, de conformidad con el modelo establecido en el
Anexo II de esta orden, de forma exclusivamente electrónica en el Registro Electrónico
único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de los siguientes enlaces
del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:
Ayudas a los pequeños y medianos municipios para la mejora de la eficiencia, la
reducción de pérdidas en redes de distribución y la reparación y mejora de los depósitos
e instalaciones de potabilización municipios
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25007/como-solicitar.html
9. Las bases de estas ayudas establecidas en la Conferencia Sectorial de Medio
Ambiente celebrada el 15 de junio de 2021 recogidas en el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 6 de julio de 2021 y ratificadas en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00263757
2022: 6.604.168,00 €
2023: 6.000.000,00 €