Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/121-1)
Orden de 13 de junio de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2022.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 121 - Lunes, 27 de junio de 2022

página 10477/2

combinar un adecuado deslinde del dominio público y una adecuada gestión del mismo;
la protección del medio marino con el objetivo de lograr su buen estado ambiental en el
marco de la Ley de Protección del Medio Marino; la transposición al derecho español de
la Directiva Marco de Estrategia Marina y el desarrollo óptimo sostenible de los sectores
marítimos.
La eficiencia en los sistemas de distribución de agua se constituye como un elemento
esencial para la reducción de presiones sobre las masas de agua, con la consiguiente
mejora de la seguridad hídrica y la garantía de los suministros. Se pretende alcanzar
estos objetivos mediante ayudas tanto para la mejora de la eficiencia en las redes de
abastecimiento que permitan la reducción de pérdidas en redes de distribución como
para actuaciones de reparación y mejora en depósitos e instalaciones de potabilización.
Las ayudas van dirigidas a medianos y pequeños municipios, en donde el coste de estas
actuaciones imposibilita la ejecución real de las mismas por su titular, y cuyo efecto se
traduce en ahorro de agua y energía.
Este Plan de mejora de la eficiencia en el abastecimiento de medianos y pequeños
municipios se dirige a inversiones sobre actuaciones no declaradas de interés general,
introduciendo la dimensión del Reto Demográfico en las actuaciones a ejecutar.
Las inversiones objeto de ayuda no suponen ni una transferencia de recursos
estatales, ni una ventaja económica a empresa o sector, ni tienen carácter selectivo,
ni repercusiones sobre la competencia y los intercambios comerciales, por lo que
no constituyen ayudas de estado, según recoge la definición de la inversión 1 de la
Componente 5 del Fondo de Recuperación y Resiliencia.
El hito a cumplir del acuerdo es la mejora, renovación y reducción de pérdidas
en los sistemas de abastecimiento municipales, el ahorro en el consumo de agua y/o
el incremento en la garantía de suministro. Los valores esperados de indicadores de
objetivos a alcanzar por el conjunto de las Comunidades Autónomas con este Plan será
de 40 actuaciones construidas, 200.000 habitantes beneficiados y un 20% medio de
reducción sobre las pérdidas reales existentes antes de la actuación.
En aplicación del porcentaje de financiación asignado en la Conferencia Sectorial
a la Junta de Andalucía, el 12,6%, los indicadores correspondientes a esta Comunidad
Autónoma serían 5 actuaciones construidas, 25.200 habitantes beneficiados y un 20%
medio de reducción sobre las pérdidas reales existentes antes de la actuación.
En todo lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, con carácter
supletorio, la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.
El órgano competente para conceder subvenciones, previa consignación
presupuestaria para este fin, es la persona titular de la Consejería en su ámbito en virtud
del artículo 115 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Son también de aplicación el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se
adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para
la reactivación económica en Andalucía, el Decreto-ley 18/2021, de 7 de septiembre,
por el que se regula el aplazamiento y fraccionamiento especial del pago de deudas de
entidades locales y se establecen otras normas recaudatorias y la Ley 8/2018, de 8 de
octubre, de medidas frente al cambio climático.
Al estar las actuaciones incluidas en el MRR están sujetas, en todo caso, al
cumplimiento, ejecución y realización de los objetivos fijados por el PRTR. Estarán,
además, sometidas a la plena aplicación de los mecanismos de gestión y control que se
establezcan para el MRR de la UE (recogido en Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia) y a la normativa de la UE aplicable a la gestión, seguimiento
y control que se establezca para el PRTR (recogido en el Reglamento (UE) 2020/2094
del Consejo de 14 de diciembre de 2020 por el que se establece un Instrumento de
Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación tras la crisis de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00263757

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía