Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/121-1)
Orden de 13 de junio de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 121 - Lunes, 27 de junio de 2022

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- Se respetarán las correspondientes ordenanzas municipales que afecten a este tipo de instalaciones.
e)
Normas
UNE:
(valorar
su
aplicación)
- Se respetarán el conjunto de normas, normas experimentales e informes creados en los Comités
Técnicos
de
Normalización
de
la
Asociación
Española
de
Normalización.
f) Cualquier otra normativa que pueda ser de aplicación.

4.- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y
excepciones (Artículo 3):
4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:
4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:
Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas los municipios, que podrán
solicitarlas para el municipio y para sus entidades locales autónomas.

4.a).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:
Los municipios solicitantes deberán tener una
inferior
a

población de derecho a 1 de enero de 2020 igual o
20.000
habitantes.

Principios y criterios específicos de especial consideración que han de ser tenidos en cuenta por
las
personas
solicitantes
para
la
obtención
de
la
ayuda.
Son principios o criterios específicos, de obligatoria consideración en la ejecución de las
actuaciones sufragadas por
las ayudas del PRTR, los que a continuación se mencionan:
1.
Acreditación
del
resultado.
2.
Etiquetado
verde
y
etiquetado
digital.
3. Análisis de riesgo en relación con posibles impactos negativos significativos en el
medioambiente (do no significant harm, DNSH), seguimiento y verificación de resultado sobre la
evaluación inicial. Especialmente se contribuye positivamente a la protección y restauración de
la biodiversidad y de los ecosistemas de acuerdo con la descripción recogida en el CID. En
concreto, las actuaciones están destinadas a la consecución del buen estado y la resiliencia de
los ecosistemas y a la conservación de los hábitats y especies, incluidos los declarados de
interés de la Unión. En consecuencia, las actuaciones amparadas por esta Orden se llevan a cabo
en
áreas
clave
de
biodiversidad.
4. Refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude la corrupción y
los
conflictos
de
interés.
5. Compatibilidad del régimen de ayudas de Estado y prevención de la doble financiación.
6. Identificación del perceptor final de los fondos, sea como beneficiario de las ayudas, o
adjudicatario
de
un
contrato
o
subcontratista.
7.
Comunicación.

4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
5 años

4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que
impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3. del Texto Articulado:

El cumplimiento del requisito de no tener deudas tributarias y con la Seguridad Social.

4.e) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos durante la tramitación del procedimiento de concesión:
Todas.
Ninguna.
Las siguientes personas o entidades:

5.- Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (Artículo 4).
5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención: 80%
Cuantía máxima de la subvención:
Cuantía mínima de la subvención:
Importe cierto:
Otra forma:

5.b) Posibilidad de prorrateo:
No.
Sí. El importe destinado a estas subvenciones será prorrateado aplicando la/s siguiente/s regla/s:

1. Se considerará subvencionable, en aplicación de los porcentaje máximo establecido la convocatoria,
el coste total de las actuaciones sobre las redes de abastecimiento para la mejora de su eficiencia
mediante la reducción de pérdidas en redes de distribución y actuaciones de reparación y mejora en
depósitos e instalaciones de potabilización en municipios menores de 20.000 habitantes.
2. Las actuaciones deberán estar específicamente destinadas a alcanzar los objetivos establecidos con

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00263757

5.c).1º. Gastos subvencionables: