3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/110-53)
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se registra y publica el Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, de 6 de abril de 2022, por el que se da nueva redacción a la disposición transitoria séptima del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Viernes, 10 de junio de 2022
página 9606/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo
y Bienestar Laboral, por la que se registra y publica el Acuerdo de la
Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración de la Junta de Andalucía, de 6 de abril de 2022, por el que se da
nueva redacción a la disposición transitoria séptima del VI Convenio Colectivo
del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
Visto el Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal
Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía (Código de convenio núm.
71000082011985), suscrito en fecha 6 de abril de 2022, por el que se por el que se
da nueva redacción a la disposición transitoria séptima del VI Convenio Colectivo del
Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de
23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
RESU ELVO
Primero: Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el Registro de convenios y
acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos
dependiente de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 31 de mayo de 2022.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.
Mediante Acuerdo de esta Comisión Negociadora de 22 de mayo de 2017 se
modificó la redacción del artículo 18 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de
la Administración de la Junta de Andalucía, configurando un nuevo sistema de selección
para la contratación temporal en dicho ámbito, la Bolsa Única Común, con el que se
pretende que aumente la eficacia y agilidad en la selección del personal a contratar,
unificando en un único procedimiento toda la contratación temporal; además de avanzar
en la transparencia del proceso y profundizar en la salvaguarda de los principios de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad, constituyéndose sobre un baremo homogéneo
y de procedimiento único para todo el ámbito del Convenio Colectivo de la Administración
de la Junta de Andalucía.
Como quiera que la implantación efectiva de un nuevo y único sistema de contratación
temporal requería de la tramitación de un proceso muy complejo, durante cuya gestión
había de garantizarse la cobertura temporal de aquellos puestos que la precisaran,
para mantener temporalmente vigente el entonces sistema de contratación temporal,
se introdujo con esa finalidad una nueva disposición transitoria séptima en el Convenio
Colectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00262922
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VII CONVENIO COLECTIVO
DEL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE
ANDALUCÍA, DE 6 DE ABRIL DE 2022, POR EL QUE SE DA NUEVA REDACCIÓN
A LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA DEL VI CONVENIO COLECTIVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Viernes, 10 de junio de 2022
página 9606/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 31 de mayo de 2022, de la Dirección General de Trabajo
y Bienestar Laboral, por la que se registra y publica el Acuerdo de la
Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal Laboral de la
Administración de la Junta de Andalucía, de 6 de abril de 2022, por el que se da
nueva redacción a la disposición transitoria séptima del VI Convenio Colectivo
del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
Visto el Acuerdo de la Comisión Negociadora del VII Convenio Colectivo del Personal
Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía (Código de convenio núm.
71000082011985), suscrito en fecha 6 de abril de 2022, por el que se por el que se
da nueva redacción a la disposición transitoria séptima del VI Convenio Colectivo del
Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de
23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
RESU ELVO
Primero: Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el Registro de convenios y
acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos
dependiente de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo: Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 31 de mayo de 2022.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.
Mediante Acuerdo de esta Comisión Negociadora de 22 de mayo de 2017 se
modificó la redacción del artículo 18 del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de
la Administración de la Junta de Andalucía, configurando un nuevo sistema de selección
para la contratación temporal en dicho ámbito, la Bolsa Única Común, con el que se
pretende que aumente la eficacia y agilidad en la selección del personal a contratar,
unificando en un único procedimiento toda la contratación temporal; además de avanzar
en la transparencia del proceso y profundizar en la salvaguarda de los principios de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad, constituyéndose sobre un baremo homogéneo
y de procedimiento único para todo el ámbito del Convenio Colectivo de la Administración
de la Junta de Andalucía.
Como quiera que la implantación efectiva de un nuevo y único sistema de contratación
temporal requería de la tramitación de un proceso muy complejo, durante cuya gestión
había de garantizarse la cobertura temporal de aquellos puestos que la precisaran,
para mantener temporalmente vigente el entonces sistema de contratación temporal,
se introdujo con esa finalidad una nueva disposición transitoria séptima en el Convenio
Colectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00262922
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VII CONVENIO COLECTIVO
DEL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE
ANDALUCÍA, DE 6 DE ABRIL DE 2022, POR EL QUE SE DA NUEVA REDACCIÓN
A LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA DEL VI CONVENIO COLECTIVO