3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/110-47)
Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación Alejandro Rojas Marcos por la que se altera su ámbito territorial y se acuerda su inscripción por traslado.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 110 - Viernes, 10 de junio de 2022
página 9594/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil
y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación Alejandro Rojas Marcos
por la que se altera su ámbito territorial y se acuerda su inscripción por traslado.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución en
el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación
Alejandro Rojas Marcos sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Fundación Alejandro Rojas Marcos, antes denominada Fundación
Alhambra, fue constituida con fecha 15.9.1982, constando su inscripción en el Registro
de Fundaciones de competencia estatal por resolución de 16.11.1982, con número 602 de
registro. La inscripción conlleva el reconocimiento del interés general de sus fines.
Segundo. Con fecha de entrada de 8.4.2022 se recibe en el Registro de
Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía resolución de 31.3.2022 de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia por la
que, en virtud de la modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación
sobre cambio del ámbito territorial de actuación, formalizada mediante escritura
pública otorgada el 12.5.2021 ante don José María Florit de Carranza, Notario del
Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, registrada bajo el número 1580 de su protocolo,
se acuerda su traslado al Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de
Andalucía y se solicita se proceda a la inscripción en este Registro de la Fundación
Alejandro Rojas Marcos.
Tercero. Fines. Según el artículo 6 de sus estatutos, «son fines de la fundación la
difusión, la enseñanza y la investigación de la identidad, la cultura y la historia del pueblo
andaluz, con el objeto de promover un poder andaluz que facilite el progreso moral,
cultural, social y económico de Andalucía, así como la promoción general de derechos
humanos y valores sociales».
Cuarto. Domicilio y ámbito de actuación. Según el artículo 5 de sus estatutos,
el domicilio de la fundación ha quedado establecido en la calle Castelar, núm. 14, de
Sevilla, y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende
principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Sexto. Patronato. Arillo Ramírez, doña Ana Isabel; Pascual del Pobil y Pascual del
Pobil, doña Carmen; Rojas-Marcos Vidal, doña Irene; Vivancos Arigita, Sonia Ángela;
Cárabe Rodríguez, Susana.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00262913
Quinto. Dotación. Tras el último aumento de dotación recogido en escritura de
24.6.2010 otorgada ante don Álvaro Sánchez Fernández, Notario del Ilustre Colegio
Notarial de Andalucía, con núm. 885 de protocolo e inscrito en el Registro de Fundaciones
del Ministerio de Justicia, la dotación quedó establecida en tres millones ciento setenta y
dos mil ciento treinta y cuatro euros con veintisiete céntimos (3.172.134,27 euros).
BOJA
Número 110 - Viernes, 10 de junio de 2022
página 9594/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 23 de mayo de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil
y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la modificación estatutaria de la Fundación Alejandro Rojas Marcos
por la que se altera su ámbito territorial y se acuerda su inscripción por traslado.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución en
el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación
Alejandro Rojas Marcos sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Fundación Alejandro Rojas Marcos, antes denominada Fundación
Alhambra, fue constituida con fecha 15.9.1982, constando su inscripción en el Registro
de Fundaciones de competencia estatal por resolución de 16.11.1982, con número 602 de
registro. La inscripción conlleva el reconocimiento del interés general de sus fines.
Segundo. Con fecha de entrada de 8.4.2022 se recibe en el Registro de
Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía resolución de 31.3.2022 de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia por la
que, en virtud de la modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación
sobre cambio del ámbito territorial de actuación, formalizada mediante escritura
pública otorgada el 12.5.2021 ante don José María Florit de Carranza, Notario del
Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, registrada bajo el número 1580 de su protocolo,
se acuerda su traslado al Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de
Andalucía y se solicita se proceda a la inscripción en este Registro de la Fundación
Alejandro Rojas Marcos.
Tercero. Fines. Según el artículo 6 de sus estatutos, «son fines de la fundación la
difusión, la enseñanza y la investigación de la identidad, la cultura y la historia del pueblo
andaluz, con el objeto de promover un poder andaluz que facilite el progreso moral,
cultural, social y económico de Andalucía, así como la promoción general de derechos
humanos y valores sociales».
Cuarto. Domicilio y ámbito de actuación. Según el artículo 5 de sus estatutos,
el domicilio de la fundación ha quedado establecido en la calle Castelar, núm. 14, de
Sevilla, y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende
principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Sexto. Patronato. Arillo Ramírez, doña Ana Isabel; Pascual del Pobil y Pascual del
Pobil, doña Carmen; Rojas-Marcos Vidal, doña Irene; Vivancos Arigita, Sonia Ángela;
Cárabe Rodríguez, Susana.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00262913
Quinto. Dotación. Tras el último aumento de dotación recogido en escritura de
24.6.2010 otorgada ante don Álvaro Sánchez Fernández, Notario del Ilustre Colegio
Notarial de Andalucía, con núm. 885 de protocolo e inscrito en el Registro de Fundaciones
del Ministerio de Justicia, la dotación quedó establecida en tres millones ciento setenta y
dos mil ciento treinta y cuatro euros con veintisiete céntimos (3.172.134,27 euros).