3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/110-44)
Orden de 27 de mayo de 2022, por la que se establecen mediante actuaciones de replanteo los datos identificativos de la línea que delimita los términos municipales de Chucena y Manzanilla, ambos en la provincia de Huelva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Viernes, 10 de junio de 2022
página 9590/3
1897 y con pleno respeto de la misma, conforme al Sistema Geodésico de Referencia
ETRS89, expresando sus coordenadas en grados sexagesimales, con precisión mínima
de cinco decimales y en proyección UTM huso 30 para la representación cartográfica.
En virtud de los hechos y fundamentos de derecho que anteceden, y de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 10.4 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, en relación con
los artículos 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, así como con las demás normas administrativas, concordantes
y de general aplicación, en uso de las facultades que me han sido conferidas,
RESU ELVO
Primero. De conformidad con el deslinde contenido en el Acta de deslinde de
23 de septiembre de 1897, dotar de coordenadas y de datos identificativos acordes al
Sistema Geodésico de Referencia actualmente vigente, a la línea divisoria que delimita
los términos municipales de Chucena y Manzanilla, ambos en la provincia de Huelva,
figurando en el anexo a la presente orden los citados datos cartográficos.
Segundo. Esta orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, fecha
en la cual surtirá efectos, y se dará traslado de la misma a los Ayuntamientos afectados y
al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Previamente, con carácter general, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una
Administración Pública, en el plazo de dos meses desde la referida publicación.
Sevilla, 27 de mayo de 2022
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO
00262868
Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Viernes, 10 de junio de 2022
página 9590/3
1897 y con pleno respeto de la misma, conforme al Sistema Geodésico de Referencia
ETRS89, expresando sus coordenadas en grados sexagesimales, con precisión mínima
de cinco decimales y en proyección UTM huso 30 para la representación cartográfica.
En virtud de los hechos y fundamentos de derecho que anteceden, y de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 10.4 del Decreto 157/2016, de 4 de octubre, en relación con
los artículos 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, así como con las demás normas administrativas, concordantes
y de general aplicación, en uso de las facultades que me han sido conferidas,
RESU ELVO
Primero. De conformidad con el deslinde contenido en el Acta de deslinde de
23 de septiembre de 1897, dotar de coordenadas y de datos identificativos acordes al
Sistema Geodésico de Referencia actualmente vigente, a la línea divisoria que delimita
los términos municipales de Chucena y Manzanilla, ambos en la provincia de Huelva,
figurando en el anexo a la presente orden los citados datos cartográficos.
Segundo. Esta orden se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, fecha
en la cual surtirá efectos, y se dará traslado de la misma a los Ayuntamientos afectados y
al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo que corresponda del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Previamente, con carácter general, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una
Administración Pública, en el plazo de dos meses desde la referida publicación.
Sevilla, 27 de mayo de 2022
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO
00262868
Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja