3. Otras disposiciones. Consejería de Salud y Familias. (2022/76-24)
Orden de 12 de abril de 2022, por la que se garantiza el funcionamiento del sector de Gestión Telefónica/Teleoperación (Contact Center) del sector sanitario público, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 22 de abril de 2022
página 6498/5
Articulo 5. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletin Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de abril de 2022
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
ANEXO I
Servicios mínimos esenciales que deben mantenerese durante la huelga general
convocada para los días 13 y 14 de abril de 2022 en el ámbito sanitario público:
Durante la Huelga General, convocada para los días 13 y 14 de abril de 2022, que
podrá afectar a las actividades laborales desempeñadas por las personas trabajadoras
que prestan sus servicios en los sectores de aplicación del Convenio Colectivo de
Contact Center, afectando igualmente a las empresas y organismos establecidos dentro
del ámbito geográfico y jurídico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, desde las
00:00 horas y hasta las 23:59 horas de los días 13 y 14 de abril de 2022, los servicios
minimos necesarios para garantizar en este ámbito aquellos servicios esenciales para
la comunidad, cuya paralizacion pudiera afectar a la salud y a la vida de los ciudadanos,
serán los siguientes:
En el ámbito de Atención Sanitaria:
1. Para los centros hospitalarios del Sector Sanitario Público de Andalucía que
cuenten con servicios de Teleoperación:
Los servicios propios que habitualmente se presten en un día festivo, o en su defecto,
una persona por turno.
00259785
En el ámbito de los servicios de Emergencias Sanitarias 061 y Teleoperación:
1. Para el Servicio de Teleoperación de los Centros Coordinadores de los Servicios
Provinciales del 061:
• El 90% en todos los turnos, el día de la huelga.
• En niveles III y IV de alta frecuentación y situaciones extraordinarias o emergencias
colectivas, o activación del Plan Territorial de Emergencias el 95%, los días de la
huelga.
• El personal con turno de formación no tiene servicios mínimos.
• El personal técnico: se mantiene el 50%.
2. Para el Servicio de Teleoperación de los Centros adscritos a Salud Responde:
• El 75 % de la plantilla de Teleoperación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 22 de abril de 2022
página 6498/5
Articulo 5. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletin Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de abril de 2022
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
ANEXO I
Servicios mínimos esenciales que deben mantenerese durante la huelga general
convocada para los días 13 y 14 de abril de 2022 en el ámbito sanitario público:
Durante la Huelga General, convocada para los días 13 y 14 de abril de 2022, que
podrá afectar a las actividades laborales desempeñadas por las personas trabajadoras
que prestan sus servicios en los sectores de aplicación del Convenio Colectivo de
Contact Center, afectando igualmente a las empresas y organismos establecidos dentro
del ámbito geográfico y jurídico de la Comunidad Autónoma de Andalucía, desde las
00:00 horas y hasta las 23:59 horas de los días 13 y 14 de abril de 2022, los servicios
minimos necesarios para garantizar en este ámbito aquellos servicios esenciales para
la comunidad, cuya paralizacion pudiera afectar a la salud y a la vida de los ciudadanos,
serán los siguientes:
En el ámbito de Atención Sanitaria:
1. Para los centros hospitalarios del Sector Sanitario Público de Andalucía que
cuenten con servicios de Teleoperación:
Los servicios propios que habitualmente se presten en un día festivo, o en su defecto,
una persona por turno.
00259785
En el ámbito de los servicios de Emergencias Sanitarias 061 y Teleoperación:
1. Para el Servicio de Teleoperación de los Centros Coordinadores de los Servicios
Provinciales del 061:
• El 90% en todos los turnos, el día de la huelga.
• En niveles III y IV de alta frecuentación y situaciones extraordinarias o emergencias
colectivas, o activación del Plan Territorial de Emergencias el 95%, los días de la
huelga.
• El personal con turno de formación no tiene servicios mínimos.
• El personal técnico: se mantiene el 50%.
2. Para el Servicio de Teleoperación de los Centros adscritos a Salud Responde:
• El 75 % de la plantilla de Teleoperación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja