Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/76-6)
Extracto de la Orden de 18 de abril de 2022 por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2022.
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Secretaría General Técnica

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:

Boletín
ANEOficial
XO II y III de la Junta de Andalucía
Número 76 - Viernes, 22 de abril de 2022

CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN
ORGANISMO:

Hoja 15 de
página 6507/12

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SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA

Línea 7. Subvenciones a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la
Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía.
PERSONAS
Entidades privadas sin ánimo de lucro cuyo objeto y fin social sea la atención a personas en
BENEFICIARIAS situación de vulnerabilidad.
OBJETO

Actuaciones para la preparación, elaboración y reparto de alimentos a personas con escasos
recursos económicos y/o en riesgo o situación de exclusión social.

IMPORTE

El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo alcanzar el
100% del importe solicitado. El importe máximo de cada subvención será de 700.000€.
Asimismo se establecen una cuantías mínimas para cada subvención que será de 5.000€.

Línea 8. Subvenciones para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las
personas LGTBI y sus familiares.
PERSONAS
BENEFICIARIAS

Las entidades privadas sin ánimo de lucro que sean LGTBI y en cuyos estatutos esté previsto
que su objeto y fines principales sean la garantía de los derechos, la igualdad de trato y la no
discriminación de personas LGTBI y sus familiares en Andalucía.

OBJETO

La financiación del mantenimiento de entidades LGTBI en su actividad diaria, a través de los
gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin, así como la financiación
de programas, que se desarrollen en una o más provincias de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, de conformidad con los objetivos previstos en la Ley 8/2017, de 28 de diciembre,
para garantizar los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y
sus familiares en Andalucía y en la Ley 2/2014, de 8 de julio, integral para la no discriminación
por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas
transexuales de Andalucía, de conformidad con las actuaciones que se establezcan en cada
convocatoria.

IMPORTE

El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo alcanzar el
100% del importe solicitado. El importe máximo de cada subvención individual será para la
modalidad de programas de 15.000,00 euros y para la modalidad de mantenimiento de
8.000,00 euros. Asimismo se establece importe mínimo de cada subvención individual será
para la modalidad de programas de 1.500,00 euros y para la modalidad de mantenimiento de
3.000,00 euros.

Línea 9. Subvenciones a entidades locales en Andalucía para la promoción de la participación
ciudadana.
Podrán ser beneficiarios:
Los Ayuntamientos de municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

00259793

PERSONAS
BENEFICIARIAS

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja