3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-42)
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la CTOTU, de 14 de marzo de 2022, referente a la Modificación Puntual del PGOU Delimitación Monte de Utilidad Pública núm. 16 de Conil de la Frontera (Cádiz).
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Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022

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2. Clasificación de Suelo No Urbanizable de Carácter Natural en los suelos
descatalogados del Monte Público, a excepción de las zonas puntuales en las que se
mantiene la especial protección forestal por planificación territorial y urbanística así
como la especial protección por legislación específica de aquellas zonas afectas por
inundabilidad.
3. Clasificar como Suelo No Urbanizable Natural o Rural de los “Ámbitos de corrección
puntual de clasificación”, que corresponden con las numeraciones 1, 2, 3, 4, 5 y 6 (salvo
las zonas que actualmente estén afectas por legislación específica por inundabilidad, que
mantiene su especial protección por este concepto).
4. Clasificar como Suelo No Urbanizable de Especial Protección Forestal el “Ámbito
de corrección puntual de clasificación”, que corresponde con la numeración 7.
2.4.3. Condicionantes de ordenación derivada de la situación actual.
Se ha señalado que el perímetro del Monte de Utilidad Pública que se ha descatalogado
contiene unos terrenos con unas características propias de explotaciones agropecuarias
con un parcelario fragmentado y de superficie pequeña. Se ha comprobado esa vocación
agropecuaria que ha resistido la presión urbanística que provoca la urbanización de
Roche a lo largo de estos años, aspecto que queda reflejado en la conservación de la red
de caminos interiores de acceso a las parcelas, casi idéntica a la existente en la mitad del
siglo pasado.
En efecto, la aparición de alguna edificación más reciente se observa asociada a la
red existente sin que se haya trazado nuevos caminos. Esta circunstancia hace que Los
Majadales que, si bien han perdido las condiciones que permitieron su inscripción en el
registro de Montes de Utilidad Pública, mantengan esa condición natural y rural que la
hace acreedora de su clasificación como Suelo No Urbanizable Natural y rural.
Por otro lado, desde que a principios de la segunda década de este siglo se aprueba
el Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones
y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de
Andalucía, se observa la preocupación del legislador por adecuar la ley al crecimiento
de los asentamientos en Andalucía, en parte debido a la incapacidad de las diferentes
administraciones de disponer de un suelo que cumpla con las necesidades y aspiraciones
de los ciudadanos.
Este decreto supuso la modificación de la propia Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de
Ordenación Urbanística de Andalucía, a través de Ley 2/2012, de 30 de enero. Desde
ese momento, la problemática de los asentamientos irregulares provoca toda una batería
legislativa que se resume en los siguientes:
- Orden de 1 de marzo de 2013, por la que se aprueban las Normativas Directoras
para la Ordenación Urbanística en desarrollo de los artículos 4 y 5 del Decreto 2/2012,
de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos
existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Instrucción 1/2014, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Cambio
Climático, en relación a la incidencia territorial de los Instrumentos de planeamiento
urbanístico general y la adecuación de los mismos a la planificación territorial.
- Informe AFO JA respecto a reconocimiento en SNU.
- Ley 6/2016, de 1 de agosto, por la que se modifica la Ley 7/2002, de 17 de
diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, para incorporar medidas urgentes
en relación con las edificaciones construidas sobre parcelaciones urbanísticas en suelo
no urbanizable.
- Instrucción de desarrollo de la disposición final cuarta de la Ley 6/2016, de 1 de
agosto, relativa a Instrucciones y documentación técnica exigible para la regularización
de las edificaciones asimiladas a fuera de ordenación.
- Ley 2/2018, de 26 de abril, relativa a modificación de la Ley 6/2016, de 1 de agosto,
por la que se modifica la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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