3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-42)
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la CTOTU, de 14 de marzo de 2022, referente a la Modificación Puntual del PGOU Delimitación Monte de Utilidad Pública núm. 16 de Conil de la Frontera (Cádiz).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022

página 6046/5

D.T. Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Incidencia Territorial

25/11/2021

D.T. Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Informe Carreteras

03/12/2021

D.T. de Cultura y Patrimonio Histórico

24/06/2021

Evaluación Ambiental Estratégica:
Solicitud de Inicio

09/05/2019

Admisión a trámite

23/05/2019

Documento de Alcance

02/09/2019

Declaración Ambiental Estratégica

10/12/2021

Cuarto. El Ayuntamiento de Conil, con fecha 30 de diciembre de 2021, presenta ante
esta Delegación la Modificación Puntual del PGOU, cambio de clasificación de Suelo
No Urbanizable de Especial Protección por legislación específica, Delimitación Monte de
Utilidad Pública núm. 16 de la Adaptación y Revisión Parcial del PGOU de Conil de la
Frontera, aprobada provisionalmente el 20 de octubre de 2021, solicitando su aprobación
definitiva por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz
es el órgano competente para adoptar el acuerdo que proceda sobre la aprobación
definitiva de este expediente, conforme a los artículos 31.2.B.a) de la LOUA y 12.1.d) del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias
de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio
y Urbanismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00259334

Primero. Conforme a la disposición transitoria tercera de la vigente Ley 7/2021,
de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, los
procedimientos relativos a los instrumentos de planeamiento urbanístico que se hubieran
iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley podrán continuar su tramitación conforme
a las reglas de ordenación del procedimiento y el régimen de competencias establecidos
por la legislación sectorial y urbanística vigente en el momento de iniciar la misma. En
consecuencia, resulta de aplicación el régimen urbanístico establecido por la Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA), vigente
en el momento de inicio de la tramitación del procedimiento de la innovación del PGOU
de Conil de la Frontera propuesta.
Conforme a lo establecido por el artículo 31.1.A.a) de la LOUA, el órgano encargado
de tramitar el presente documento es el Ayuntamiento de Conil de la Frontera, debiendo
ajustarse al procedimiento regulado en los artículos 32 y 36 de dicha ley para los
instrumentos de planeamiento y sus innovaciones.
La modificación propuesta altera la delimitación de algunas de las categorías de
suelo no urbanizable establecidas por el PGOU de Conil de la Frontera, así como la
identificación de elementos y espacios de relevante valor natural y paisajístico incidiendo
por tanto en las determinaciones de ordenación estructural del PGOU de acuerdo con el
artículo 10.1.A, apartados a) y h), de la LOUA.
Al tratarse de una modificación de PGOU que afecta a la ordenación estructural y
conforme a lo regulado por el artículo 31.2.B.a) de la LOUA, la aprobación definitiva del
documento corresponde a la Consejería competente en materia de urbanismo.