Autoridades y personal. Universidades. (2022/71-25)
Resolución de 21 de marzo de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Contratado Doctor, mediante contrato laboral especial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022

página 6052/3

2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidas en el presente concurso público, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
2.2.1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la
Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y
de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de
aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.2.2. Las personas con nacionalidad de Estados distintos a la Unión Europea deberán
estar en posesión del permiso de residencia y/o permiso de trabajo para proceder a la
firma del contrato.
2.2.3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.2.4. Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
2.2.5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos,
el acceso al empleo público.
2.2.6. No estar afectado/a de incompatibilidad, conforme a lo establecido en
la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de
incompatibilidades. El personal incluido en el ámbito de aplicación de la citada Ley, sólo
podrá compatibilizar sus actividades con el desempeño de puestos en el sector público
en los supuestos contemplados en dicha ley.
2.2.7. Estar en posesión del título académico de Doctor/a.
2.2.8. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, las titulaciones
académicas deberán estar homologadas por el Ministerio de Educación y Formación
Profesional u Organismo que tuviera reconocida dicha competencia. Las solicitudes
que acrediten títulos de la Unión Europea, deberán acompañar, bien la homologación, o
bien la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor/a de
Universidad.
2.2.9. Contar con la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia
Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la Agencia Andaluza
del Conocimiento.
2.2.10. Las personas que participen por el cupo de discapacitados, deberán acreditar
tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% de acuerdo con lo
dispuesto en el citado Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y esta ser
compatible con las funciones propias de Profesorado Contratado Doctor. En este sentido,
se podrá solicitar por parte de la Universidad el correspondiente informe al órgano
competente en la materia de la Administración de la Junta de Andalucía.
2.2. Los requisitos exigidos y méritos alegados para concursar deberán cumplirse en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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por la misma. Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera firmeza la
resolución de la Comisión de Contratación.