5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-82)
Anuncio de 6 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 19 de enero de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 25) del PGOU de Vera (Almería), ámbito del Sector de Suelo Urbano no Consolidado R-16 en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022
página 5957/9
6. Planeamiento general vigente y trámite ambiental previo.
El planeamiento urbanístico general aplicable en el término municipal de Vera es el
PGOU de Vera, por Adaptación de las NN.SS. a la LOUA, aprobado definitivamente, en
sesión del Pleno Municipal de fecha 27 de noviembre de 2008.
El PGOU de Vera está en vigor desde la publicación de su contenido íntegro en el
BOP de Almería de 6 y 12 de febrero de 2009.
El PGOU de Vera se complementa con la Ordenanza Municipal de Edificación
aprobada por acuerdo del Pleno Municipal celebrado en fecha 29 de marzo de 2007 y
publicadas en el BOP de Almería de 17 de abril de 2007.
La clasificación como Suelo Urbano No Consolidado de uso residencial del suelo
objeto de la presente Modificación Puntual del PGOU de Vera viene dada por la
Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de
Almería, en sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2010 (BOJA núm. 27, de 8 de
febrero 2011), que acordó la aprobación definitiva de la Modificación Puntual núm. 67 de
las NN.SS. de Vera, para la clasificación del Sector R-16.
Las determinaciones previstas y vigentes en la Ficha Reguladora del Sector R-16,
son las que siguen:
Condiciones de aprovechamiento.
Uso Global: Residencial
Superficie total m2 suelo: 59.122,00
Edificabilidad máxima m2t/m2s: 0,94
Techo máximo m2t: 55.574,68
Techo residencial m2t: 48.086,27 (86,52%)
Techo terciario compatible / indust. m2t: 7.488,40 (13,48%) %
Edificabilidad VPO: 30%
Techo viviendas de VPO m²t: 14.425,88
Densidad máxima viv/Ha: 75
Número máximo viviendas: 443
Número máximo plantas: PB + 3
Ordenación.
Condiciones para su desarrollo:
Se prevé un máximo de 7.488,40 m2 de uso terciario. El P.P. que desarrolle la U.E.
podrá modificar este parámetro con un mínimo del 10% y un máximo del 25% del
aprovechamiento.
Determinaciones vinculantes:
Uso característico: Plurifamiliar.
Uso compatible: Unifamiliar.
Las reservas para equipamientos y espacios libres cumplen con los parámetros del
art. 17.1 de la LOUA. Objetivos: Obtención de un espacio libre de dimensiones mínimas
40x100 m para la construcción de aparcamiento público.
(Ver Anexos 2 y 3 del presente documento).
En cuanto al trámite ambiental que ha seguido el expediente, se informa que la
Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo ha emitido con fecha
de 2 de mayo de 2019 el correspondiente Documento de Alcance del Estudio Ambiental
Estratégico sobre la Modificación Puntual núm. 25 del PGOU de Vera, para la Delimitación
y Ordenación del Sector R-16.B, de Suelo Urbano No Consolidado de Uso Residencial
(EAE/AL/003/18).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259275
Dotaciones mínimas (S/ MP núm. 67)
Equipamientos: 7.000,00 m2 = 12,60 m2suelo/100 m2t
Sistema local de espacios libres: 10.010,10 m2 = 18,01 m2suelo/100 m2t
Sistema general de espacios libres: 6.510,00 m2
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022
página 5957/9
6. Planeamiento general vigente y trámite ambiental previo.
El planeamiento urbanístico general aplicable en el término municipal de Vera es el
PGOU de Vera, por Adaptación de las NN.SS. a la LOUA, aprobado definitivamente, en
sesión del Pleno Municipal de fecha 27 de noviembre de 2008.
El PGOU de Vera está en vigor desde la publicación de su contenido íntegro en el
BOP de Almería de 6 y 12 de febrero de 2009.
El PGOU de Vera se complementa con la Ordenanza Municipal de Edificación
aprobada por acuerdo del Pleno Municipal celebrado en fecha 29 de marzo de 2007 y
publicadas en el BOP de Almería de 17 de abril de 2007.
La clasificación como Suelo Urbano No Consolidado de uso residencial del suelo
objeto de la presente Modificación Puntual del PGOU de Vera viene dada por la
Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de
Almería, en sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2010 (BOJA núm. 27, de 8 de
febrero 2011), que acordó la aprobación definitiva de la Modificación Puntual núm. 67 de
las NN.SS. de Vera, para la clasificación del Sector R-16.
Las determinaciones previstas y vigentes en la Ficha Reguladora del Sector R-16,
son las que siguen:
Condiciones de aprovechamiento.
Uso Global: Residencial
Superficie total m2 suelo: 59.122,00
Edificabilidad máxima m2t/m2s: 0,94
Techo máximo m2t: 55.574,68
Techo residencial m2t: 48.086,27 (86,52%)
Techo terciario compatible / indust. m2t: 7.488,40 (13,48%) %
Edificabilidad VPO: 30%
Techo viviendas de VPO m²t: 14.425,88
Densidad máxima viv/Ha: 75
Número máximo viviendas: 443
Número máximo plantas: PB + 3
Ordenación.
Condiciones para su desarrollo:
Se prevé un máximo de 7.488,40 m2 de uso terciario. El P.P. que desarrolle la U.E.
podrá modificar este parámetro con un mínimo del 10% y un máximo del 25% del
aprovechamiento.
Determinaciones vinculantes:
Uso característico: Plurifamiliar.
Uso compatible: Unifamiliar.
Las reservas para equipamientos y espacios libres cumplen con los parámetros del
art. 17.1 de la LOUA. Objetivos: Obtención de un espacio libre de dimensiones mínimas
40x100 m para la construcción de aparcamiento público.
(Ver Anexos 2 y 3 del presente documento).
En cuanto al trámite ambiental que ha seguido el expediente, se informa que la
Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo ha emitido con fecha
de 2 de mayo de 2019 el correspondiente Documento de Alcance del Estudio Ambiental
Estratégico sobre la Modificación Puntual núm. 25 del PGOU de Vera, para la Delimitación
y Ordenación del Sector R-16.B, de Suelo Urbano No Consolidado de Uso Residencial
(EAE/AL/003/18).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259275
Dotaciones mínimas (S/ MP núm. 67)
Equipamientos: 7.000,00 m2 = 12,60 m2suelo/100 m2t
Sistema local de espacios libres: 10.010,10 m2 = 18,01 m2suelo/100 m2t
Sistema general de espacios libres: 6.510,00 m2