5. Anuncios. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/71-82)
Anuncio de 6 de abril de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 19 de enero de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 25) del PGOU de Vera (Almería), ámbito del Sector de Suelo Urbano no Consolidado R-16 en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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Número 71 - Miércoles, 13 de abril de 2022

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- Campañas periódicas de control de caudales nocturnos en la red de Saneamiento.
- Elaboración de trípticos informativos de uso racional y fomento del ahorro.
A su vez, en la red de Saneamiento, se han incorporado las siguientes prescripciones,
recogidas en el Documento de Alcance del Estudio Ambiental Estratégico sobre la
Modificación Puntual núm. 25 del PGOU de Vera (EAE/AL/003/18) emitido por la
Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en
Almería, a fecha de 2 de mayo de 2019:
1. El saneamiento se produce a través de redes íntegramente separativas para la
recogida de pluviales y residuales, que conectarán con los sistemas de infraestructuras
de saneamiento general del municipio.
2. Se han previsto los caudales y cargas contaminantes generadas, garantizando
mediante los cálculos aportados que los incrementos de carga previstos no interferirán
en el cumplimiento de los valores limitantes de emisión.
3. Según los informes de la empresa gestora del ciclo integral del agua en Vera,
Codeur, S.A., existe una EDAR en funcionamiento con capacidad de asumir los nuevos
vertidos generados por el nuevo desarrollo urbanístico, garantizando así que no se va a
verter agua no depurada al dominio público hidráulico.
4. Todos los elementos de la infraestructura de saneamiento para la acometida a
la red pública desde el Sector R-16.B (redes internas, etc.) están dimensionados para
evacuar a la citada red la totalidad de caudales de agua residual que se generen.
5. La red pública de alcantarillado y las estaciones de bombeo aguas abajo del punto
de conexión tienen capacidad para incorporar los caudales que se generan, evitando así
el alivio de caudales de agua residual al DPH sin depuración, conforme a lo previsto en el
R.D. 509/1996.
De igual forma, en la red de pluviales se han tenido en cuenta las siguientes
prescripciones recogidas en el informe referido:
1. Se han adoptado técnicas estructurales (uso de pavimentos porosos, zanjas
drenantes y depósitos de retención) y no estructurales (aumento de las zonas verdes)
para disminuir las puntas de caudales de las aguas de lluvia, cuando éstas aumenten
considerablemente o superen a las del propio cauce donde se viertan. Para ello se
analizará el caudal para T=500 años en la cuenca afectada, antes y después de la
actuación urbanística, y se tendrá en cuenta que el caudal de pluviales entregado no
provocará daños aguas abajo y que el posible aumento de caudales para T=500 años,
derivado de la actuación urbanística, no causará, igualmente, daños aguas debajo de la
zona de estudio.
2. El punto de vertido de las aguas pluviales se deberá indicar en el proyecto de
urbanización del Sector R-16.B y ubicarse en cauce público, repartiendo el caudal en
varios puntos d entrega, siempre que sea posible, sin transferir aguas de una cuenca a
otra, para evitar las afecciones al DPH y a terceros, que se provocarían a concentrar el
caudal en un único punto.
13.3.1.5. Financiación de las infraestructuras del ciclo del agua.
La presente Modificación Puntual incorpora entre sus documentos un estudio
Económico-Financiero, que incluye una evaluación analítica de las posibles implicaciones
del Plan, en función de los agentes inversores previstos y de la lógica secuencial
establecida para su desarrollo y ejecución.
Los gastos de nueva inversión, reparación o reforma de las infraestructuras necesarias
para abastecimiento de agua quedan diferenciados entre gastos en alta (regulación
general, captación, transporte y tratamiento de agua) y en baja (depósitos locales y red de
distribución). En las infraestructuras de saneamiento se establecerá la separación entre
inversiones necesarias para la concentración de vertidos y la depuración y emisario, en
caso de que fueran necesarios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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