Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/55-3)
Resolución de 11 de marzo de 2022, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan, para el ejercicio 2022, las subvenciones reguladas en la Orden de 23 de noviembre de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para proyectos de investigación innovadores en materia de prevención de riesgos laborales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022

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del procedimiento, serán publicados íntegramente en el tablón de anuncios de la página
web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
anuncios.html
sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo los mismos efectos,
según lo previsto en los artículos 17 y 30 del Reglamento de los Procedimientos de
Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y en relación
con lo recogido en el apartado 19 del cuadro resumen.
Decimocuarto. Forma y secuencia de pago.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 24 del cuadro resumen, el abono de la
subvención concedida se efectuará mediante un primer pago correspondiente al 50% del
importe total de la cantidad concedida, tras la publicación de la resolución de concesión,
librándose la cantidad restante, una vez finalizada la actividad o proyecto subvencionado,
previa presentación por la entidad beneficiaria de los documentos justificativos que se
especifican en el apartado 26 del mismo cuadro resumen y tras la comprobación técnica
y documental de su ejecución.
Decimoquinto. Devolución voluntaria de la subvención.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 124 quáter del Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, los medios disponibles
para que la entidad beneficiaria pueda efectuar la devolución voluntaria de la subvención,
o solicitar la compensación o el aplazamiento y fraccionamiento con reconocimiento de
deuda, regulados en los apartados 1 y 2 de dicho artículo, se encuentran en la siguiente
dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/haciendaindustriayenergia/areas/tesoreriaendeudamiento/paginas/devolucion-voluntaria.html
Decimosexto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de la publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, del extracto de la presente convocatoria, previsto en el
artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

00257742

Sevilla, 11 de marzo de 2022.- La Presidenta, P.D. (Orden de 23.11.2021, BOJA núm.
229, de 29.11.2021), la Directora-Gerente, Beatriz Barranco Montes.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja