3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/55-61)
Orden de 8 de marzo de 2022, por la que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Andalucía Occidental y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022
página 4511/2
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 8 de marzo de 2022
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO
Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local
A NE XO
ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS AGRÍCOLAS
DE ANDALUCÍA OCCIDENTAL
TÍTULO I
EL COLEGIO, FUNCIONES Y RÉGIMEN JURÍDICO
CAPÍTULO I
De la personalidad, ámbito, fines y funciones del Colegio
Artículo 2. Ámbito territorial y personas colegiadas integrantes.
1. El ámbito del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Andalucía
Occidental se extiende a las provincias de Huelva, Cádiz y Sevilla, y tiene su actual
domicilio en la ciudad de Sevilla, en calle Ebro núm. 29, si bien, para el cumplimiento de
sus fines, cuenta con sedes en distintas localidades.
En cada una de las tres provincias que componen el Colegio Oficial de Ingenieros
Técnicos Agrícolas de Andalucía Occidental, se constituye una Delegación, con ámbito
provincial, que se localizan en:
a) Huelva: Calle Marina núm. 11 y 13 de Huelva (C.P. 21001).
b) Cádiz: Avda. de México núm. 8, Edificio Estadio, 2.ª planta de Jerez de la Frontera,
(C.P. 11405).
c) Sevilla: Calle Ebro núm. 29 de Sevilla (C.P. 41012).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00257774
Artículo 1. Denominación y naturaleza jurídica.
1. El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Andalucía Occidental es una
Corporación de Derecho Público, amparada por la Ley y reconocida por el Estado, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
2. Se regirá por lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Española, la Ley 2/1974,
de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, en la Ley 10/2003, de 6 de noviembre,
reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, y el Reglamento de Colegios
Profesionales de Andalucía aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, en la
Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y en la Ley 20/2013, de 9 de
diciembre, de Garantía de Unidad de Mercado.
3. Así mismo, se regulará por lo previsto en los presentes Estatutos, los Estatutos
Generales de la Ingeniería Técnica Agrícola y de sus Colegios Oficiales y Consejo
General, los Estatutos del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos
Agrícolas y el Reglamento de Régimen Interno que pudiere redactarse y aprobarse,
acorde con la condición de derecho público y por las demás disposiciones legales
estatales y autonómicas que le resulten de aplicación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022
página 4511/2
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 8 de marzo de 2022
JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO
Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local
A NE XO
ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS AGRÍCOLAS
DE ANDALUCÍA OCCIDENTAL
TÍTULO I
EL COLEGIO, FUNCIONES Y RÉGIMEN JURÍDICO
CAPÍTULO I
De la personalidad, ámbito, fines y funciones del Colegio
Artículo 2. Ámbito territorial y personas colegiadas integrantes.
1. El ámbito del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Andalucía
Occidental se extiende a las provincias de Huelva, Cádiz y Sevilla, y tiene su actual
domicilio en la ciudad de Sevilla, en calle Ebro núm. 29, si bien, para el cumplimiento de
sus fines, cuenta con sedes en distintas localidades.
En cada una de las tres provincias que componen el Colegio Oficial de Ingenieros
Técnicos Agrícolas de Andalucía Occidental, se constituye una Delegación, con ámbito
provincial, que se localizan en:
a) Huelva: Calle Marina núm. 11 y 13 de Huelva (C.P. 21001).
b) Cádiz: Avda. de México núm. 8, Edificio Estadio, 2.ª planta de Jerez de la Frontera,
(C.P. 11405).
c) Sevilla: Calle Ebro núm. 29 de Sevilla (C.P. 41012).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00257774
Artículo 1. Denominación y naturaleza jurídica.
1. El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Andalucía Occidental es una
Corporación de Derecho Público, amparada por la Ley y reconocida por el Estado, con
personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
2. Se regirá por lo previsto en el artículo 36 de la Constitución Española, la Ley 2/1974,
de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, en la Ley 10/2003, de 6 de noviembre,
reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, y el Reglamento de Colegios
Profesionales de Andalucía aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, en la
Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y en la Ley 20/2013, de 9 de
diciembre, de Garantía de Unidad de Mercado.
3. Así mismo, se regulará por lo previsto en los presentes Estatutos, los Estatutos
Generales de la Ingeniería Técnica Agrícola y de sus Colegios Oficiales y Consejo
General, los Estatutos del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Ingenieros Técnicos
Agrícolas y el Reglamento de Régimen Interno que pudiere redactarse y aprobarse,
acorde con la condición de derecho público y por las demás disposiciones legales
estatales y autonómicas que le resulten de aplicación.