5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/55-124)
Anuncio de 16 de diciembre de 2021, del Ayuntamiento de Huelva, de aprobación de oferta de empleo público 2021. (PP. 397/2022).
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 55 - Martes, 22 de marzo de 2022

página 2687/4

Q) Plazas de personal que realiza una prestación directa a los usuarios del servicio
de transporte público.
R) Personal de atención a los ciudadanos en los servicios públicos.
S) Personal que preste servicios en el área de las tecnologías de la información y las
comunicaciones.
4. La tasa será del 115 por ciento para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del
Estado, cuerpos de Policía Autonómica y Policías Locales.
5. En todo caso, la oferta deberá atenerse a las disponibilidades presupuestarias del
capítulo I del presupuesto de gastos.
6. No computarán para el límite máximo de tasa:
a) El personal que se incorpore en ejecución de ofertas de empleo público de
ejercicios anteriores.
b) Las plazas que se convoquen por promoción interna.
c) Las plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo por sentencia
judicial.
d) El personal destinado a la cobertura de las plantillas máximas autorizadas para
militares de Tropa y Marinería, de acuerdo con la disposición adicional décima séptima
de esta Ley.
e) Las convocatorias de plazas de personal fijo que se dirijan de forma exclusiva a
militares profesionales de tropa y marinería que se encuentren en los últimos diez años
de su compromiso de larga duración y a los reservistas de especial disponibilidad que
se encuentren percibiendo, hasta el momento de la publicación de las convocatorias, la
asignación por disponibilidad prevista en el artículo 19.1 de la Ley 8/2006, de 24 de abril,
de Tropa y Marinería. Estas convocatorias sólo podrán aprobarse en los ámbitos que
presenten especiales dificultades de cobertura. Para ello será necesario que exista un
turno de acceso libre a las categorías profesionales, cuerpos o escalas convocados. Esta
posibilidad será de aplicación en todo el sector público.
Para calcular la tasa de reposición de efectivos el porcentaje de tasa máximo
autorizado se aplicará sobre la diferencia entre el número de empleados fijos que,
durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar servicios y el número de
empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido ejercicio, por cualquier causa,
excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones
que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán
los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de
excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de
carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier otra situación administrativa
que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con
cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente, se tendrán en cuenta las altas
y bajas producidas por los concursos de traslados a otras Administraciones Públicas.
No computarán como ceses los que se produzcan como consecuencia de procesos
de promoción interna, salvo en los supuestos de acceso por este sistema al Cuerpo
de Catedráticos de Universidad, en los términos previstos en el artículo 62.2 de la Ley
Orgánica 6/20021, de 21 de diciembre, de Universidades.
Las plazas de profesor contratado doctor que queden vacantes como consecuencia
del acceso a un Cuerpo docente universitario, se podrán incluir en la tasa de reposición
del ejercicio siguiente.
8. Con el fin de permitir el seguimiento de la oferta, las Comunidades Autónomas
y las Universidades Públicas deberán remitir al Ministerio de Hacienda, a través de la
Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos:
a) Una certificación, que se enviará en el mes de enero, con el número de bajas y
altas tenidas en cuenta en el cálculo de la tasa de reposición, incluidas las producidas por
concursos de traslado como consecuencia de los procedimientos de movilidad voluntaria
entre distintas Administraciones Públicas en el año inmediato anterior.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00255959

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía