3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/49-54)
Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos, por la que se declara la caducidad del procedimiento administrativo de apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico del río Guadalfeo, tramo Presa de Rules-Tajo de los Vados, términos municipales de Salobreña, Motril, Vélez de Benaudalla y Los Guájares, de la provincia de Granada.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 49 - Lunes, 14 de marzo de 2022
página 3842/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Dirección General de Planificación
y Recursos Hídricos, por la que se declara la caducidad del procedimiento
administrativo de apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico del río
Guadalfeo, tramo Presa de Rules-Tajo de los Vados, términos municipales
de Salobreña, Motril, Vélez de Benaudalla y Los Guájares, de la provincia de
Granada.
Visto el expediente GR-03D de apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico del río
Guadalfeo, tramo Presa de Rules-Tajo de los Vados, comprendido entre las coordenadas
X=455.815 Y=4.079.418, X=451.717 Y=4.071.324, en el sistema ETRS 89 UTM, Huso 30,
tt.mm. de Salobreña, Motril, Vélez de Benaudalla y Los Guájares, de la provincia de
Granada Resultan los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero. Con fecha 22 de mayo de 2019, de firma resolución de incoación del
procedimiento administrativo de apeo y deslinde del expediente en referencia, conforme
lo estipulado en el artículo 241 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que
desarrolla los Títulos Preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de
Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Asimismo, se
dispuso la suspensión cautelar del otorgamiento de concesiones y autorizaciones que
pudieran afectar al Dominio Público Hidráulico o dificultaran los trabajos a realizar para
su delimitación en los tramos de referencia.
Tercero. Se procedió a la elaboración de la documentación indicada en el artículo 242.3
del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, estructurándose se la siguiente manera:
a) Memoria descriptiva, en la que se indicó el objeto del deslinde, las características
del tramo a deslindar y de la propiedad en los terrenos colindantes, así como los estudios
realizados en la zona.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00257116
Segundo. De conformidad con el artículo 242.2 del Reglamento de Dominio Público
Hidráulico, la resolución de incoación fue publicada en el BOJA núm. 104, con fecha
3 de junio de 2019, indicando el plazo de un mes para que los interesados pudieran
aportar cuanta información estimaran conveniente sobre el tramo del cauce objeto del
deslinde; se remitió comunicación a los Ayuntamientos de los municipios en cuyo término
municipal se localiza el tramo de cauce a deslindar. Igualmente, se practicó la notificación
individualizada a los titulares catastrales afectados por el mencionado expediente.
En cuanto a los titulares de las parcelas catastrales desconocidos o a los que no se
pudo practicar la notificación, siguiendo las actuaciones previstas en los artículos 44 y
46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, publicándose en virtud de ello, el correspondiente anuncio
de la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos en el BOE núm. 232, con
fecha 26 de septiembre de 2019 y en el BOJA núm. 186, de fecha 26 de septiembre de
2019, notificándose el acto administrativo relativo al procedimiento de apeo y deslinde
del Dominio Público Hidráulico. Siguiendo con el cumplimiento del artículo 242.2 del
Reglamento de Dominio Público Hidráulico, la resolución de incoación se publicó en
Ideal, diario informativo de Granada y su provincia, el día 28 de junio de 2019.
BOJA
Número 49 - Lunes, 14 de marzo de 2022
página 3842/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Dirección General de Planificación
y Recursos Hídricos, por la que se declara la caducidad del procedimiento
administrativo de apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico del río
Guadalfeo, tramo Presa de Rules-Tajo de los Vados, términos municipales
de Salobreña, Motril, Vélez de Benaudalla y Los Guájares, de la provincia de
Granada.
Visto el expediente GR-03D de apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico del río
Guadalfeo, tramo Presa de Rules-Tajo de los Vados, comprendido entre las coordenadas
X=455.815 Y=4.079.418, X=451.717 Y=4.071.324, en el sistema ETRS 89 UTM, Huso 30,
tt.mm. de Salobreña, Motril, Vélez de Benaudalla y Los Guájares, de la provincia de
Granada Resultan los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHOS
Primero. Con fecha 22 de mayo de 2019, de firma resolución de incoación del
procedimiento administrativo de apeo y deslinde del expediente en referencia, conforme
lo estipulado en el artículo 241 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que
desarrolla los Títulos Preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de
Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. Asimismo, se
dispuso la suspensión cautelar del otorgamiento de concesiones y autorizaciones que
pudieran afectar al Dominio Público Hidráulico o dificultaran los trabajos a realizar para
su delimitación en los tramos de referencia.
Tercero. Se procedió a la elaboración de la documentación indicada en el artículo 242.3
del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, estructurándose se la siguiente manera:
a) Memoria descriptiva, en la que se indicó el objeto del deslinde, las características
del tramo a deslindar y de la propiedad en los terrenos colindantes, así como los estudios
realizados en la zona.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00257116
Segundo. De conformidad con el artículo 242.2 del Reglamento de Dominio Público
Hidráulico, la resolución de incoación fue publicada en el BOJA núm. 104, con fecha
3 de junio de 2019, indicando el plazo de un mes para que los interesados pudieran
aportar cuanta información estimaran conveniente sobre el tramo del cauce objeto del
deslinde; se remitió comunicación a los Ayuntamientos de los municipios en cuyo término
municipal se localiza el tramo de cauce a deslindar. Igualmente, se practicó la notificación
individualizada a los titulares catastrales afectados por el mencionado expediente.
En cuanto a los titulares de las parcelas catastrales desconocidos o a los que no se
pudo practicar la notificación, siguiendo las actuaciones previstas en los artículos 44 y
46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, publicándose en virtud de ello, el correspondiente anuncio
de la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos en el BOE núm. 232, con
fecha 26 de septiembre de 2019 y en el BOJA núm. 186, de fecha 26 de septiembre de
2019, notificándose el acto administrativo relativo al procedimiento de apeo y deslinde
del Dominio Público Hidráulico. Siguiendo con el cumplimiento del artículo 242.2 del
Reglamento de Dominio Público Hidráulico, la resolución de incoación se publicó en
Ideal, diario informativo de Granada y su provincia, el día 28 de junio de 2019.