3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/49-57)
Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Dirección General de Infraestructuras, por la que se publica el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Zurgena (Almería), por el que ambas Administraciones se comprometen a la cesión recíproca de tramos de carreteras de titularidad municipal, a la Junta de Andalucía para mejora de la eficiencia de la gestión pública viaria.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Lunes, 14 de marzo de 2022
página 3975/3
Por tanto, tras la firma del Convenio y de forma simultánea al procedimiento recogido
en la Estipulación Segunda, el Ayuntamiento de Zurgena cederá a la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, conforme al artículo 11 del
Decreto 18/2006, de 24 de enero, Reglamento de Bienes de Entidades Locales de
Andalucía, regulador de las Mutaciones Demaniales el vial: Avenida de Murcia.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
El Ayuntamiento de Zurgena y la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio asumirán la obligación de la conservación y el mantenimiento de
las vías que respectivamente ceden y reciben, recogidas en las Estipulaciones Primera
y Segunda del presente Convenio, sin que se deriven obligaciones económicas entre las
partes, lo que se formalizará en la correspondiente Acta de Entrega.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se constituirá una Comisión de Seguimiento
presidida por el Director General de Infraestructuras y formada por:
- La persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería.
- El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Zurgena.
- El Jefe del Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial de la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería.
- Un miembro designado por la Corporación Local.
Dicha Comisión de Seguimiento asumirá sin perjuicio de las competencias que
corresponda a cada Administración, las siguientes funciones:
a) Establecer en cada momento el programa de ejecución de las actuaciones incluidas
en el presente Convenio y llevar a cabo su seguimiento
b) A dicha Comisión se podrán incorporar representantes de otros Organismos cuya
presencia en la misma se considere conveniente para el cumplimiento de las funciones
encomendadas.
c) Acordar la prórroga del Convenio.
Séptima. Procedimiento para la cesión.
El procedimiento a seguir para la entrega de los terrenos objeto de las cesiones
contará con los siguientes trámites:
1. Aprobación de las cesiones por el Ayuntamiento de Zurgena y la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, respectivamente.
2. Tramitación administrativa de las cesiones.
3. Levantamiento de Actas de entrega por los representantes de la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio y el Ayuntamiento de Zurgena.
4. Aprobación de las Actas de Entrega por la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio y el Ayuntamiento de Zurgena.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00257254
Sexta. Acuerdos de la Comisión de Seguimiento.
La Comisión de Seguimiento resolverá de conformidad con el ordenamiento vigente,
los litigios que se presenten sobre interpretación, modificación, resolución y efectos del
presente Convenio. En caso de no llegarse a acuerdo, se levantará Acta de Desacuerdo
y a partir de ese momento, los acuerdos que adopte la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio con arreglo al ordenamiento jurídico vigente,
previo informe de la Asesoría Jurídica, serán inmediatamente ejecutivos.
Estos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y los mismos podrán ser recurridos
potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser
impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Lunes, 14 de marzo de 2022
página 3975/3
Por tanto, tras la firma del Convenio y de forma simultánea al procedimiento recogido
en la Estipulación Segunda, el Ayuntamiento de Zurgena cederá a la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, conforme al artículo 11 del
Decreto 18/2006, de 24 de enero, Reglamento de Bienes de Entidades Locales de
Andalucía, regulador de las Mutaciones Demaniales el vial: Avenida de Murcia.
Cuarta. Obligaciones de las partes.
El Ayuntamiento de Zurgena y la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio asumirán la obligación de la conservación y el mantenimiento de
las vías que respectivamente ceden y reciben, recogidas en las Estipulaciones Primera
y Segunda del presente Convenio, sin que se deriven obligaciones económicas entre las
partes, lo que se formalizará en la correspondiente Acta de Entrega.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se constituirá una Comisión de Seguimiento
presidida por el Director General de Infraestructuras y formada por:
- La persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería.
- El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Zurgena.
- El Jefe del Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial de la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería.
- Un miembro designado por la Corporación Local.
Dicha Comisión de Seguimiento asumirá sin perjuicio de las competencias que
corresponda a cada Administración, las siguientes funciones:
a) Establecer en cada momento el programa de ejecución de las actuaciones incluidas
en el presente Convenio y llevar a cabo su seguimiento
b) A dicha Comisión se podrán incorporar representantes de otros Organismos cuya
presencia en la misma se considere conveniente para el cumplimiento de las funciones
encomendadas.
c) Acordar la prórroga del Convenio.
Séptima. Procedimiento para la cesión.
El procedimiento a seguir para la entrega de los terrenos objeto de las cesiones
contará con los siguientes trámites:
1. Aprobación de las cesiones por el Ayuntamiento de Zurgena y la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, respectivamente.
2. Tramitación administrativa de las cesiones.
3. Levantamiento de Actas de entrega por los representantes de la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio y el Ayuntamiento de Zurgena.
4. Aprobación de las Actas de Entrega por la Consejería de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio y el Ayuntamiento de Zurgena.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00257254
Sexta. Acuerdos de la Comisión de Seguimiento.
La Comisión de Seguimiento resolverá de conformidad con el ordenamiento vigente,
los litigios que se presenten sobre interpretación, modificación, resolución y efectos del
presente Convenio. En caso de no llegarse a acuerdo, se levantará Acta de Desacuerdo
y a partir de ese momento, los acuerdos que adopte la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio con arreglo al ordenamiento jurídico vigente,
previo informe de la Asesoría Jurídica, serán inmediatamente ejecutivos.
Estos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y los mismos podrán ser recurridos
potestativamente en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado o ser
impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.