3. Otras disposiciones. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. (2022/49-57)
Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Dirección General de Infraestructuras, por la que se publica el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Zurgena (Almería), por el que ambas Administraciones se comprometen a la cesión recíproca de tramos de carreteras de titularidad municipal, a la Junta de Andalucía para mejora de la eficiencia de la gestión pública viaria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Lunes, 14 de marzo de 2022

página 3975/2

Segundo. Por otra parte, el artículo 9 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía
Local de Andalucía, reconoce a los municipios andaluces, entre otras, las siguientes
competencias propias:
«10) Ordenación, gestión, disciplina y promoción en vías urbanas de su titularidad
de la movilidad y accesibilidad de personas, vehículos, sean o no a motor, y animales y
del transporte de personas y mercancías, para lo que podrán fijar los medios materiales
y humanos que se consideren necesarios». Señalándose también en el artículo 25,
apartados 2.d) y g), de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen
Local, como competencia propia del municipio: «la infraestructura viaria de su titularidad,
así como el tráfico, estacionamiento de vehículos y la movilidad».
Tercero. El tramo de la Carretera Autonómica A-1101 a su paso por la localidad
de La Alfoquía (Zurgena) del p.k. 37+114 al 37+676 tiene una longitud aproximada de
562,00 metros y un ancho medio de calzada de 7 metros, entre bandas de aparcamientos.
Tiene la condición de travesía, al existir edificaciones consolidadas en más de las dos
terceras partes de su longitud y un entramado de calles en ambas márgenes.
Cuarto. La Avenida de Murcia, de titularidad municipal, tiene una longitud aproximada
de 211,00 metros y un ancho medio de calzada, entre bordillos, de 10 metros, existiendo
también edificaciones consolidadas y un entramado de calles en ambas márgenes.
Quinto. El tramo de titularidad autonómica ha quedado plenamente incorporado al
Casco Urbano de Zurgena, al tener una función más de vía municipal que de carretera.
Por otro lado, el tramo de titularidad municipal denominado Avenida de Murcia, si pasara
a ser de titularidad autonómica presentaría una serie de ventajas dentro del itinerario
de la carretera con respecto al actual: reduciría el tramo de travesía actual en más de la
mitad de su longitud; su trazado en planta presentaría una única alineación recta, con
intersecciones más adecuadas. Asimismo, estaría menos consolidada en edificaciones,
sobre todo en actividades comerciales, negocios, terrazas y aparcamientos junto a
la carretera así como en circulación de peatones. Y dada su situación geográfica, no
rompería la malla, manteniendo la continuidad de la Red de Carreteras Autonómica.
ESTIPUL ACIONES
Primera. Objeto del Convenio.
El objeto del presente Convenio de Colaboración es instrumentar el compromiso para
la cesión del tramo de la A-1101, de Sorbas a Zurgena, travesía del núcleo urbano de la
Alfoquía entre los pp.kk. 37+114 y p.k. 37+676, de titularidad de la Junta de Andalucía, al
Ayuntamiento de Zurgena, a cambio de la Avenida de Murcia, de titularidad municipal, a
la Junta de Andalucía, para la mejora de la eficiencia de la gestión pública viaria.

Tercera. Cesión a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
Conforme al artículo 44.b) de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía:
«la Administración competente podrá recibir de otras Administraciones Públicas, para
obras en las carreteras andaluzas o en algunos de sus tramos, colaboraciones en la
financiación de las mismas mediante: aportaciones de terrenos libres de cargas y
gravámenes».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00257254

Segunda. Cesión al Ayuntamiento de Zurgena.
A la firma del presente Convenio, se procederá a la tramitación del correspondiente
expediente de Cesión, conforme al artículo 19 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras
de Andalucía, por el cual la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del
Territorio cede al Ayuntamiento de Zurgena el vial antes citado, convertido hoy en travesía.