3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/49-48)
Orden de 22 de febrero de 2022, por la que se aprueban los estatutos del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Cádiz y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Lunes, 14 de marzo de 2022

página 3892/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Orden de 22 de febrero de 2022, por la que se aprueban los estatutos del Colegio
Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de
Cádiz y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de
Andalucía.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone en su artículo 79.3.b) que corresponde a la
Comunidad Autónoma, en lo no afectado por el artículo 149.1.18.ª de la Constitución Española,
competencias exclusivas sobre colegios profesionales y el ejercicio de las profesiones tituladas
de acuerdo con el artículo 36 de la Constitución y con la legislación del Estado.
La Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de
Andalucía, establece en su artículo 22 que, aprobados los estatutos por el colegio
profesional y previo informe del consejo andaluz de colegios de la profesión respectiva,
si estuviere creado, se remitirán a la Consejería con competencia en materia de régimen
jurídico de colegios profesionales, para su aprobación definitiva mediante orden de su
titular, previa calificación de legalidad.
El Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local
de Cádiz ha presentado sus Estatutos aprobados por la Asamblea General en sesión de
1 de diciembre de 2020 y la Junta de Gobierno de 3 de febrero de 2022, e informados
por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros
de la Administración Local y el Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios,
Interventores y Tesoreros de la Administración Local.
En virtud de lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 22 de la
Ley 10/2003, de 6 de noviembre, y 18 del Reglamento de Colegios Profesionales de
Andalucía, aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, y con las atribuciones
conferidas por el Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,
RESU ELV E
Primero. Aprobar los Estatutos del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y
Tesoreros de la Administración Local de Cádiz, sancionados por la Asamblea General de
1 de diciembre de 2020 y la Junta de Gobierno de 3 de febrero de 2022, que se insertan
como anexo, y ordenar su inscripción en la Sección Primera del Registro de Colegios
Profesionales de Andalucía.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso
potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del
día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer,
directamente, el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos
de este orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al
de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00257171

Segundo. La presente orden se notificará a la Corporación profesional interesada y entrará
en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.