3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/40-23)
Resolución de 21 de febrero de 2022, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la liquidación y baja de la Fundación Lebrija Solidaria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Martes, 1 de marzo de 2022

página 3193/2

Tercero. Consta en el expediente que la liquidación acordada por el patronato de la
fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con
lo establecido en el artículo 43 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
La Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el
ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005,
de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto
32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de
Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo
con el artículo 12 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración
Local, vistos los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Ordenar la inscripción de la liquidación de la Fundación Lebrija Solidaria en
el Registro de Fundaciones de Andalucía, destinando el remanente de bienes resultante
de la liquidación, por importe de 49.120,37 euros, a favor de la Asociación de Alzheimer
«Virgen del Castillo».
Segundo. Cancelar los asientos de la fundación extinguida en el Registro de
Fundaciones de Andalucía, dando de baja a la Fundación Lebrija Solidaria.
Tercero. Ordenar la notificación de la presente resolución a la fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

00256459

Sevilla, 21 de febrero de 2022.- El Director General, Francisco Ontiveros Rodríguez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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