3. Otras disposiciones. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/40-33)
Orden de 23 de febrero de 2022, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 40 - Martes, 1 de marzo de 2022

página 3160/3

a veinte mil habitantes y la transferencia de los mismos, conforme se establece en
el anexo de la presente orden, en virtud de lo estipulado en el Decreto 203/2002, de
16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales
Comunitarios en Andalucía.
Segundo. Los créditos destinados a financiar los Servicios Sociales Comunitarios en
Andalucía ascienden a 41.750.905,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria
1600010000 G/31G/46500/00 01, del Presupuesto de la Consejería de Igualdad, Políticas
Sociales y Conciliación, correspondiente al ejercicio 2022.
Tercero. Estas cantidades serán destinadas a garantizar la continuidad de los
efectivos personales y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los
Servicios Sociales Comunitarios de Andalucía y específicamente a las contrataciones
realizadas por las Entidades Locales para reforzar los Servicios Sociales Comunitarios
en el desarrollo de las competencias atribuidas en materia de renta mínima de inserción
social. A tal efecto, se procederá al seguimiento de las actuaciones de intervención social
y recursos aplicados a través de los soportes y aplicaciones informáticas específicas
para ello (actualmente SIUSS, SIRMI y Netgefys) al objeto de llevar a cabo un control en
relación con las actuaciones relacionadas con esta competencia.
Cuarto. La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación procederá a la
liquidación de las transferencias de financiación de la siguiente forma:
a) Las cantidades correspondientes al ejercicio 2022 serán abonadas por la Dirección
General de Política Financiera y Tesorería de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea a propuesta de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
b) Para proceder a las transferencias de fondos, las Entidades Locales deberán
entregar la ficha de evaluación del ejercicio anterior y la certificación prevista en el
artículo 5.2 del Decreto 203/2002, de 16 de julio. Asimismo deberán aportar la ficha
de presentación correspondiente al ejercicio 2022 que al efecto se establezca y facilite
por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, así como certificación
emitida por la Intervención de la respectiva Entidad Local correspondiente a la aportación
propia destinada en sus presupuestos para la financiación de los Servicios Sociales
Comunitarios en el citado ejercicio, de conformidad con el Convenio - Programa suscrito
por la Junta de Andalucía y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (actualmente
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030).
c) Los pagos correspondientes a créditos procedentes del Decreto 286/2021, de
28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe
ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
ejercicio 2022 (BOJA núm. 251, de 31 de diciembre) se abonarán una vez presentados
los certificados y cumplimentadas las fichas a las que hace referencia el apartado
anterior.
Sevilla, 23 de febrero de 2022
ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

00256426

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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