3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2022/39-53)
Resolución de 18 de febrero de 2022, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Córdoba.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 39 - Viernes, 25 de febrero de 2022
página 3041/3
SUPLEMENTO POR RETORNO
TARIFA
EUROS (IVA INCLUIDO)
RETORNO POR CADA KM RECORRIDO EN TARIFA 1 (mínimo 1 km)
TARIFA
0,84
EUROS (IVA INCLUIDO)
RETORNO POR CADA KM RECORRIDO EN TARIFA 2 (mínimo 1 km)
1,03
Nota: Los importes netos (sin IVA) son los aprobados por el Excmo. Ayuntamiento de
Córdoba en Pleno, en Sesión Ordinaria celebrada el 14 de noviembre de 2019, y según
acuerdo plenario número 260/19.
«TARIFAS FIJAS PARA LOS SERVICIOS QUE SE REALICEN CON ORIGEN O
DESTINO EN PUNTOS ESPECÍFICOS DE GRAN GENERACIÓN DE TRANSPORTE
DE PERSONAS» COMO BARRIADAS PERIFÉRICAS O PUNTOS ESPECÍFICOS
DE INTERÉS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CÓRDOBA
TARIFA 1
TARIFAS FIJAS A BARRIADAS Y PUNTOS DE INTERÉS
PUNTOS DE INTERÉS
EUROS (IVA INCLUIDO)
Barriada Alcolea, Urb. El Sol y Encinares Alcolea
21,20
Barriada Los Ángeles y Centro Penitenciario de Córdoba
24,46
Polígono Industrial los Cansinos (Alcolea)
29,97
Barriada Higuerón y Conjunto Arqueológico Medina Azahara
14,98
Barriadas Villarrubia, y Majaneque
19,98
Barriada del Veredón de los Frailes
23,31
Entidad Local Autónoma de Encinarejo
24,97
Barriada de Cerro Muriano
31,63
Barriada de Santa Cruz
36,63
Urb. 7 fincas, Parque Villares y Club de Campo de Córdoba
19,98
Urbanización Las Jaras
24,14
Barriada de Santa M.ª de Trassierra
24,97
Urb. Colina, Peñatejada, Torreblanca, P. Arenal y Doña Manuela
14,15
Santuario Ntra. Sra. de Linares y Cortijo Dos Fuentes
14,98
Tanatorio/Cementerio Municipal Ntra. Sra. de la Fuensanta
16,40
Aeropuerto de Córdoba y Urb. Guadalvalle, Altea y Santa Clara
16,25
Barriada Golondrina, Urb. Fontanar de Quintos y Pol. De Quintos
17,38
00256294
Las cantidades finales llevan incluido el 10% del Impuesto del Valor Añadido (IVA),
correspondiente al transporte por auto taxi, o el que, en su caso, se fije legalmente
en cada momento. Nota: A las tarifas fijas a barriadas y puntos de interés, no será de
aplicación, en ningún caso, la tarifa núm. 3.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 39 - Viernes, 25 de febrero de 2022
página 3041/3
SUPLEMENTO POR RETORNO
TARIFA
EUROS (IVA INCLUIDO)
RETORNO POR CADA KM RECORRIDO EN TARIFA 1 (mínimo 1 km)
TARIFA
0,84
EUROS (IVA INCLUIDO)
RETORNO POR CADA KM RECORRIDO EN TARIFA 2 (mínimo 1 km)
1,03
Nota: Los importes netos (sin IVA) son los aprobados por el Excmo. Ayuntamiento de
Córdoba en Pleno, en Sesión Ordinaria celebrada el 14 de noviembre de 2019, y según
acuerdo plenario número 260/19.
«TARIFAS FIJAS PARA LOS SERVICIOS QUE SE REALICEN CON ORIGEN O
DESTINO EN PUNTOS ESPECÍFICOS DE GRAN GENERACIÓN DE TRANSPORTE
DE PERSONAS» COMO BARRIADAS PERIFÉRICAS O PUNTOS ESPECÍFICOS
DE INTERÉS DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE CÓRDOBA
TARIFA 1
TARIFAS FIJAS A BARRIADAS Y PUNTOS DE INTERÉS
PUNTOS DE INTERÉS
EUROS (IVA INCLUIDO)
Barriada Alcolea, Urb. El Sol y Encinares Alcolea
21,20
Barriada Los Ángeles y Centro Penitenciario de Córdoba
24,46
Polígono Industrial los Cansinos (Alcolea)
29,97
Barriada Higuerón y Conjunto Arqueológico Medina Azahara
14,98
Barriadas Villarrubia, y Majaneque
19,98
Barriada del Veredón de los Frailes
23,31
Entidad Local Autónoma de Encinarejo
24,97
Barriada de Cerro Muriano
31,63
Barriada de Santa Cruz
36,63
Urb. 7 fincas, Parque Villares y Club de Campo de Córdoba
19,98
Urbanización Las Jaras
24,14
Barriada de Santa M.ª de Trassierra
24,97
Urb. Colina, Peñatejada, Torreblanca, P. Arenal y Doña Manuela
14,15
Santuario Ntra. Sra. de Linares y Cortijo Dos Fuentes
14,98
Tanatorio/Cementerio Municipal Ntra. Sra. de la Fuensanta
16,40
Aeropuerto de Córdoba y Urb. Guadalvalle, Altea y Santa Clara
16,25
Barriada Golondrina, Urb. Fontanar de Quintos y Pol. De Quintos
17,38
00256294
Las cantidades finales llevan incluido el 10% del Impuesto del Valor Añadido (IVA),
correspondiente al transporte por auto taxi, o el que, en su caso, se fije legalmente
en cada momento. Nota: A las tarifas fijas a barriadas y puntos de interés, no será de
aplicación, en ningún caso, la tarifa núm. 3.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja