5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/39-121)
Anuncio de 7 de febrero de 2022, del Ayuntamiento de la Carlota, por el que se aprueba convocatoria y bases, para la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición libre, de una plaza de Técnico Superior de Administración General. (PP. 305/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 39 - Viernes, 25 de febrero de 2022

página 2018/5

Cuarta. Admisión de aspirantes.
4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará
resolución, declarando aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas u
omitidas, así como las causas de su exclusión, en su caso.
El anuncio de dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia,
y será en el Tablón de Edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sede.
eprinsa.es/carlota/tablon-de-edictos), en donde se publique la lista completa. En la misma
se señalará un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
en el BOP, para subsanación de las causas de exclusión, conforme se dispone en el
art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen
dichos defectos, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria.
4.2. Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, sin que haya habido
alegaciones o, en caso de haberlas, resueltas éstas por la Alcaldía se dictará resolución
declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos,
determinando el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de
Oposición, así como la designación de los miembros del Tribunal.
Atendiendo a la situación epidemiológica, en el momento en que se dicte la
resolución, en la misma también se contemplarán todas las medidas preventivas que sean
necesarias, ante el COVID-19 para la celebración de pruebas o exámenes oficiales, que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00255292

2. Las personas que tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 33%.
Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación del documento correspondiente
donde venga especificado dicho extremo, expedido por la correspondiente Comunidad
Autónoma.
(*) Las fotocopias que se aporten irán firmadas y llevarán en ellas la leyenda «Es copia
fiel del original», en el anverso y reverso de la copia, con lo que el personal participante se
responsabiliza expresamente de la veracidad de la documentación presentada. En caso
de falsedad o manipulación de algún documento, decaerá el derecho a la participación
en la presente convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiera
lugar. La documentación ha de ser legible, descartándose aquella de la que no pueda
desprenderse la información que se pretende documentar.
3.3. Aquellas personas aspirantes con discapacidad que precisen adaptaciones
de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas que forman parte de esta
convocatoria, deberán indicarlo en su solicitud y ello sin perjuicio de que no podrán
desvirtuar el carácter de las pruebas cuya finalidad es valorar la aptitud de las personas
aspirantes para las funciones propias de la plaza a la que optan. Para su concesión
deberán aportar, el Informe emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el
grado de su discapacidad en vigor, en el que conste la adaptación de tiempo y de medios
materiales necesarios para la realización de las pruebas selectivas a las que se presenta.
En el supuesto de que la persona aspirante haya solicitado la documentación que se
requiere aportar a la solicitud y no dispusiera de ésta en el tiempo establecido deberá
adjuntar el documento acreditativo de haberla solicitado durante el plazo de presentación
de instancias. Ello sin perjuicio de que posteriormente, una vez emitida deba aportarse
en la misma forma. En cualquier caso, la documentación requerida en esta base deberá
presentarse antes de la finalización del plazo para formular alegaciones al listado
provisional de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas establecidos en la
base 4.1.
3.4. Cuando se produzca una incidencia técnica que imposibilite el funcionamiento
ordinario del sistema o de la aplicación correspondiente, y hasta que se solucione el
problema, el Ayuntamiento acordará la ampliación de los plazos no vencidos. A tal fin se
publicará en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación
concreta del plazo no vencido.