Autoridades y personal. Universidades. (2022/37-55)
Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesor Ayudante Doctor.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 37 - Miércoles, 23 de febrero de 2022

página 2760/6

6.9. Resueltas las posibles reclamaciones o transcurrido el plazo establecido al efecto sin
que se hayan producido, se elevará la propuesta de adjudicación definitiva al Rector, quién
dictará Resolución aprobando, en su caso, dichas propuestas y adjudicando los contratos en
cuestión. Esta Resolución se hará pública de acuerdo con lo establecido en la base 5.
6.10. Las Comisiones de Selección podrán resolver los respectivos concursos con la
no provisión de plazas.

8. Duración de los contratos.
La duración del contrato laboral será por un máximo de 5 años siempre de acuerdo
con las necesidades docentes de esta Universidad, y conforme a las normas que resulten
de aplicación.
9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.
9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00256031

7. Formalización de los contratos.
7.1. En el supuesto de que un concursante figure simultáneamente en primer lugar
en orden de prelación en más de una propuesta de adjudicación, se procederá por parte
del Servicio de Gestión de Recursos Humanos a contactar con el referido candidato a
efectos de que opte por una de dichas plazas, tramitando la correspondiente renuncia en
los restantes concursos.
7.2. Los aspirantes propuestos para su contratación dispondrán de un plazo de 5
días hábiles, contados a partir de la publicación de la Resolución de adjudicación de
los contratos, para presentar la siguiente documentación en el Servicio de Gestión de
Recursos Humanos de la Universidad, así como para formalizar el contrato conforme a las
normas contenidas en esta convocatoria y las disposiciones que regulan la contratación
del profesorado:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad/pasaporte. En el caso de
extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar
autorización de residencia temporal.
b) Fotocopia compulsada del título académico y del título de doctor.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico
que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) Número de afiliación a la Seguridad Social.
e) Número de cuenta bancaria.
f) Una fotografía.
g) Fotocopia de la Evaluación positiva a la que hace referencia el apartado 3.7.b).
h) Hoja de Servicios actualizada, en su caso, donde conste los contratos suscritos
con otras Universidades con las categorías de Profesor Ayudante Doctor o Ayudante.
7.3. En el supuesto de que en el plazo señalado los aspirantes propuestos para su
contratación renuncien, no presenten la documentación citada en la base anterior o no
formalicen el contrato, se entenderá que desisten de la firma de éste, y el Rector podrá
proponer para su contratación al siguiente de la lista de aspirantes con mayor puntuación.
Al nuevo aspirante se le avisará por correo electrónico y dispondrá de un plazo de cinco
días hábiles para la formalización del contrato.
7.4. El contrato laboral queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades,
a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
7.5. Cuando el adjudicatario de un contrato renunciara al mismo dentro de los nueve
primeros meses desde su formalización, el Rector podrá proponer la contratación del
siguiente aspirante, de entre los valorados por la Comisión de Selección, según el orden
de prelación que figure en la correspondiente lista de aspirantes evaluados.