3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-58)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la gestión de los recursos humanos de determinados municipios con población entre 20.000 y 50.000 habitantes: Lebrija, Puerto Real, Rincón de la Victoria y Rota. Ejercicio 2018.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
A4.
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2417/49
En el cuadro nº 17 se muestra información del grado de cualificación de las plantillas, mediante
la clasificación por grupos o categorías profesionales.
Ayuntamiento
GRUPO A1/5
GRUPO A2/4
GRUPO C1/3
GRUPO C2/2
GRUPO E/AP
Lebrija
6,94%
15,61%
45,66%
23,12%
8,67%
Puerto Real
9,15%
9,86%
33,10%
31,69%
16,20%
Rincón de la Victoria
7,93%
8,81%
33,04%
38,33%
11,89%
Rota
5,76%
11,52%
36,21%
34,98%
11,52%
Fuente: elaborado por la CCA
A5.
Cuadro nº 17
En el cuadro nº 18 se recogen cuatro indicadores: dos de los cuales ponen en relación la dotación
de medios personales con la población y con la extensión del término municipal, pues ambas
variables se consideran significativas para el coste y las condiciones de prestación de los distintos
servicios municipales.
Los otros dos indicadores, que tienen carácter económico, ponen en relación el gasto en recursos
humanos con el gasto total de cada entidad y con los habitantes de estos municipios.
Ayuntamiento
Plantilla/ 1.000
habitantes
Plantilla/ Km²
% Gasto personal/Gasto
total Ayto.
Gasto Personal/
habitantes (€)
Lebrija
9,59
0,70
47,12%
396,71
Puerto Real
7,83
1,66
39,38%
340,77
Rincón de la Victoria
6,66
10,79
27,32%
277,20
13,97
4,79
46,09%
625,04
Rota
Fuente: elaborado por la CCA
Cuadro nº 18
En el Ayuntamiento de Lebrija se ha tenido en cuenta para calcular el gasto en recursos humanos
tanto el recogido en el capítulo 1 como en el 6 del Presupuesto, relativo al programa de fomento
del empleo agrario.
Las corporaciones locales tienen margen de actuación en la determinación de las retribuciones
complementarias fijas: en el complemento de destino, mediante la asignación de los niveles que
realiza el pleno a cada puesto en función de los factores previstos en el artículo 3 del RD
861/1986; y en el complemento específico, a través de la valoración de puestos de trabajo que
tome en consideración los factores recogidos en el artículo 4 de esa misma norma.
A7.
En el cuadro nº 19 se muestran los niveles que cada corporación ha asignado a una muestra
representativa de puestos de trabajo, el importe anual que en concepto de complemento de
destino aparece fijado en la LGPE 6/2018; así como las diferencias que surgen entre el mayor y
el menor nivel que se atribuye a cada uno de ellos, junto con la repercusión económica que esa
diferencia comporta.
00255678
A6.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
A4.
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2417/49
En el cuadro nº 17 se muestra información del grado de cualificación de las plantillas, mediante
la clasificación por grupos o categorías profesionales.
Ayuntamiento
GRUPO A1/5
GRUPO A2/4
GRUPO C1/3
GRUPO C2/2
GRUPO E/AP
Lebrija
6,94%
15,61%
45,66%
23,12%
8,67%
Puerto Real
9,15%
9,86%
33,10%
31,69%
16,20%
Rincón de la Victoria
7,93%
8,81%
33,04%
38,33%
11,89%
Rota
5,76%
11,52%
36,21%
34,98%
11,52%
Fuente: elaborado por la CCA
A5.
Cuadro nº 17
En el cuadro nº 18 se recogen cuatro indicadores: dos de los cuales ponen en relación la dotación
de medios personales con la población y con la extensión del término municipal, pues ambas
variables se consideran significativas para el coste y las condiciones de prestación de los distintos
servicios municipales.
Los otros dos indicadores, que tienen carácter económico, ponen en relación el gasto en recursos
humanos con el gasto total de cada entidad y con los habitantes de estos municipios.
Ayuntamiento
Plantilla/ 1.000
habitantes
Plantilla/ Km²
% Gasto personal/Gasto
total Ayto.
Gasto Personal/
habitantes (€)
Lebrija
9,59
0,70
47,12%
396,71
Puerto Real
7,83
1,66
39,38%
340,77
Rincón de la Victoria
6,66
10,79
27,32%
277,20
13,97
4,79
46,09%
625,04
Rota
Fuente: elaborado por la CCA
Cuadro nº 18
En el Ayuntamiento de Lebrija se ha tenido en cuenta para calcular el gasto en recursos humanos
tanto el recogido en el capítulo 1 como en el 6 del Presupuesto, relativo al programa de fomento
del empleo agrario.
Las corporaciones locales tienen margen de actuación en la determinación de las retribuciones
complementarias fijas: en el complemento de destino, mediante la asignación de los niveles que
realiza el pleno a cada puesto en función de los factores previstos en el artículo 3 del RD
861/1986; y en el complemento específico, a través de la valoración de puestos de trabajo que
tome en consideración los factores recogidos en el artículo 4 de esa misma norma.
A7.
En el cuadro nº 19 se muestran los niveles que cada corporación ha asignado a una muestra
representativa de puestos de trabajo, el importe anual que en concepto de complemento de
destino aparece fijado en la LGPE 6/2018; así como las diferencias que surgen entre el mayor y
el menor nivel que se atribuye a cada uno de ellos, junto con la repercusión económica que esa
diferencia comporta.
00255678
A6.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja