3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-57)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga). Ejercicio 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2415/39
Sin embargo, tras la revisión de la información bancaria facilitada se concluye con que, con arreglo a la norma de valoración 9. Pasivos Financieros, el reconocimiento de la obligación de pago
de estos préstamos debió registrarse en 2018 y no en los años 2016 y 2017. No obstante, dado
que el remanente de crédito existente en el capítulo 9 de la liquidación del presupuesto de gastos24 de 2018 es de 1.843.930,14 €, el importe restante de 5.831.627,59 € quedaría sin poderse
imputar al presupuesto al carecer de consignación presupuestaria.
En la liquidación del presupuesto de gastos de 2018 hay reconocidas obligaciones de pago con
entidades de crédito por 5.530.381,76 € y pagos líquidos por 4.497.313,31 €, con un pendiente
de pago a finales de 2018 de 1.033.068,45 € procedente de dos préstamos, tal y como se recoge
en el Cuadro nº AN7.
A54.
La contabilización del reconocimiento de la obligación de pago de 1.029.868,45 € de estos
1.033.068,45 € tiene su origen en la aplicación en 2018 de parte del superávit presupuestario de
2017 a la amortización anticipada de deuda. No obstante, si bien el Pleno adoptó tal acuerdo el
30 de noviembre de 2018, la ejecución de dicho acuerdo se ha producido después de 2018, ya
que tanto la amortización anticipada del préstamo de Caja Rural del Sur 2017 como el de CajaSur
2014 ha tenido lugar el 1 de marzo de 2019. Por tanto, habría que minorar las obligaciones reconocidas netas de la liquidación del presupuesto de gastos de 2018 por 1.029.868,45 €25.
Deuda inicial y final de 2018
La contabilidad debería registrar un saldo al comienzo de 2018 por 40.771.318,55 €, el reconocimiento del préstamo formalizado en 2018 por 4.000.000,00 €, el capital amortizado en 2018 por
12.176.072,83 € y un saldo final, por tanto, de 32.595.245,72 €, según el anexo 8.5.
A55.
Sin embargo, según el mayor de cuentas de 2018 del Ayuntamiento, cuadro nº 14, el endeudamiento con entidades de créditos en 2018 presenta un saldo inicial de -8.590.081,76 € y un saldo
final de -10.120.463,52 €. Este saldo inicial acreedor negativo es consecuencia de la falta de contabilización de los nuevos préstamos formalizados por la entidad local, desde al menos 2015.
7.8.2. Deudas con acreedores comerciales
De acuerdo con lo recogido en la BEP 6ª. Vinculación jurídica, la vinculación jurídica del capítulo 9 de gastos se establece a nivel de
los cuatro primeros dígitos de la clasificación orgánica, área de gasto y capítulo.
25 Punto modificado por la alegación presentada.
24
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255679
La Corporación se acogió a dos de las fases del Plan de Pago a proveedores: la primera, aprobada
mediante el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones
de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para
el pago a los proveedores de las entidades locales, siendo el volumen de obligaciones del Ayuntamiento y entidades participadas de 27.722.398,40 €; y la segunda, aprobada mediante Real
Decreto -Ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros, siendo el importe
total de las facturas incluidas de 6.087.679,63 €. Con estos mecanismos el Ayuntamiento convirtió la deuda comercial en deuda financiera.
A56.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022
página 2415/39
Sin embargo, tras la revisión de la información bancaria facilitada se concluye con que, con arreglo a la norma de valoración 9. Pasivos Financieros, el reconocimiento de la obligación de pago
de estos préstamos debió registrarse en 2018 y no en los años 2016 y 2017. No obstante, dado
que el remanente de crédito existente en el capítulo 9 de la liquidación del presupuesto de gastos24 de 2018 es de 1.843.930,14 €, el importe restante de 5.831.627,59 € quedaría sin poderse
imputar al presupuesto al carecer de consignación presupuestaria.
En la liquidación del presupuesto de gastos de 2018 hay reconocidas obligaciones de pago con
entidades de crédito por 5.530.381,76 € y pagos líquidos por 4.497.313,31 €, con un pendiente
de pago a finales de 2018 de 1.033.068,45 € procedente de dos préstamos, tal y como se recoge
en el Cuadro nº AN7.
A54.
La contabilización del reconocimiento de la obligación de pago de 1.029.868,45 € de estos
1.033.068,45 € tiene su origen en la aplicación en 2018 de parte del superávit presupuestario de
2017 a la amortización anticipada de deuda. No obstante, si bien el Pleno adoptó tal acuerdo el
30 de noviembre de 2018, la ejecución de dicho acuerdo se ha producido después de 2018, ya
que tanto la amortización anticipada del préstamo de Caja Rural del Sur 2017 como el de CajaSur
2014 ha tenido lugar el 1 de marzo de 2019. Por tanto, habría que minorar las obligaciones reconocidas netas de la liquidación del presupuesto de gastos de 2018 por 1.029.868,45 €25.
Deuda inicial y final de 2018
La contabilidad debería registrar un saldo al comienzo de 2018 por 40.771.318,55 €, el reconocimiento del préstamo formalizado en 2018 por 4.000.000,00 €, el capital amortizado en 2018 por
12.176.072,83 € y un saldo final, por tanto, de 32.595.245,72 €, según el anexo 8.5.
A55.
Sin embargo, según el mayor de cuentas de 2018 del Ayuntamiento, cuadro nº 14, el endeudamiento con entidades de créditos en 2018 presenta un saldo inicial de -8.590.081,76 € y un saldo
final de -10.120.463,52 €. Este saldo inicial acreedor negativo es consecuencia de la falta de contabilización de los nuevos préstamos formalizados por la entidad local, desde al menos 2015.
7.8.2. Deudas con acreedores comerciales
De acuerdo con lo recogido en la BEP 6ª. Vinculación jurídica, la vinculación jurídica del capítulo 9 de gastos se establece a nivel de
los cuatro primeros dígitos de la clasificación orgánica, área de gasto y capítulo.
25 Punto modificado por la alegación presentada.
24
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00255679
La Corporación se acogió a dos de las fases del Plan de Pago a proveedores: la primera, aprobada
mediante el Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones
de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para
el pago a los proveedores de las entidades locales, siendo el volumen de obligaciones del Ayuntamiento y entidades participadas de 27.722.398,40 €; y la segunda, aprobada mediante Real
Decreto -Ley 8/2013, de 28 de junio, de medidas urgentes contra la morosidad de las administraciones públicas y de apoyo a entidades locales con problemas financieros, siendo el importe
total de las facturas incluidas de 6.087.679,63 €. Con estos mecanismos el Ayuntamiento convirtió la deuda comercial en deuda financiera.
A56.