3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/33-57)
Resolución de 7 de febrero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga). Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 33 - Jueves, 17 de febrero de 2022

página 2415/27

De los 6.356.249,35 € del RTGG de 2017, la entidad local aprueba en 2018 destinar 5.326.380,90
€ a la regularización de obligaciones que estaban pendientes de aplicación y 1.029.868,45 € a la
amortización anticipada de deuda (129.091,80 € para Ptmo Cajasur 2014 y 900.776,65 € para
Ptmo 2017 Caja Rural del Sur), para lo que tramita en 2018 tres modificaciones presupuestarias.

A13.

La cancelación anticipada de deuda, según la información bancaria analizada, se ha producido en
2019 y no en 2018, y las tres modificaciones presupuestarias carecen de eficacia (§ A24, A25,
A53).
A14.

Por su parte, la aprobación de la liquidación de 2018 se llevó a cabo con un RTGG consolidado
de +4.528.692,15 € (de los que +4.140.644,33 € corresponden al Ayuntamiento) y con una Capacidad de Financiación en términos consolidados de +14.331.562,60 € (§ A82).
En 2019 el Ayuntamiento ha destinado 1.543.582,80 € a la regularización de obligaciones que
estaban pendientes de aplicación por gastos devengados en el ejercicio 2018 y anteriores (§
A46) y 2.597.061,53 € para la amortización anticipada de deuda con entidades de crédito.

Cuenta General
A15.

De acuerdo con lo regulado en la normativa presupuestaria y contable local (TRLRHL, IMNCAL),
la Cuenta General de Vélez-Málaga en 2018 habría de recoger, entre otros documentos, las Cuentas Anuales del Ayuntamiento, las de OALDIM, las de EMVIPSA, las de EMMSA, las del Parque
Tecnoalimentario Costa del Sol-Axarquía, S.A. y las Cuentas Anuales de la Fundación para el Fomento de la Cultura, la Educación y el Desarrollo de Vélez- Málaga.
La falta de aprobación de la Cuenta General afecta principalmente al Ayuntamiento y a OALDIM,
las dos entidades que se rigen por la normativa contable pública, dado que, como consecuencia
de esto, se han quedado sin aprobar sus respectivas Cuentas Anuales. Las entidades sometidas
a la contabilidad privada, por el contrario, sí tienen Cuentas Anuales de 2018, ya que su formulación y aprobación se realiza a través de un procedimiento independiente al de la aprobación
de la Cuenta General, conforme a las exigencias de la legislación mercantil (§ A4- A8).

Para aplicar lo previsto en el párrafo anterior, además será necesario que el período medio de pago a los proveedores de la Corporación
Local, de acuerdo con los datos publicados, no supere el plazo máximo de pago previsto en la normativa sobre morosidad.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00255679

Como consecuencia de lo anterior, la única Cuenta Anual de 2018 que es posible fiscalizar es la
Liquidación del Presupuesto, dado que su tramitación y aprobación se lleva a cabo a través de
un procedimiento sustantivo propio, previsto en el TRLRHL, independiente al de la Cuenta General. Por tanto, no se van a poder fiscalizar, por no existir estas Cuentas Anuales, ni el Balance
del Ayuntamiento de 2018, ni la Cuenta del Resultado Económico-Patrimonial, ni el Estado de
Cambios en el Patrimonio Neto, ni el Estado de Flujo de Efectivo ni la Memoria del Ayuntamiento
de 2018.